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Difundimos la respuesta de la Consejera de Hacienda a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Podemos Asturies don Daniel Marí Ripa al Consejo de Gobierno sobre "cuántas solicitudes de instalación de casas de apuestas y en qué ubicación hay en trámite que se encuentren paralizadas por la moratoria en la apertura de nuevas casas de apuestas actualmente vigente"

Aunque no constan solicitudes para la apertura de Locales de Apuestas en Asturias, “podrían registrarse nuevas” durante la prórroga de la suspensión de autorizaciones

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La consejera de Hacienda del Gobierno de Asturias, Ana Cárcaba, ha informado de que “a fecha actual no consta en el Servicio de Juego del Principado de Asturias ninguna solicitud para la apertura de locales de apuestas. No obstante, durante el tiempo que dura la prórroga de la suspensión de concesión de autorizaciones de apertura de nuevos establecimientos de juego podrían registrarse nuevas solicitudes”. Al respecto, señala que estas, además de otros requisitos que exige la normativa autonómica, para su obtención deberán acreditar que la solicitud de licencia de obra y/o actividad en el Ayuntamiento es de fecha anterior a la adopción del Acuerdo de 26 de marzo de 2019.

De acuerdo con la respuesta de la Consejera de Hacienda a la pregunta formulada por el Diputado del Grupo Parlamentario Podemos Asturies, Daniel Marí Ripa al Consejo de Gobierno sobre “cuántas solicitudes de instalación de Casas de Apuestas y en qué ubicación hay en trámite que se encuentren paralizadas por la moratoria en la apertura de nuevas casas de apuestas actualmente vigente”.

A su vez, también señaló que cabe recordar que Asturias dispone en la actualidad de nueve locales de apuestas, cuya solicitud, en ambos casos, fue registrada antes del inicio de la suspensión y, por tanto, ya disponían de licencia municipal cuando esta fue registrada en la Administración autonómica. A continuación, reproducimos la respuesta de forma íntegra.

“El Consejo de Gobierno, en virtud de Acuerdo de 26 de marzo de 2019, acordó la suspensión de concesión de autorizaciones de apertura de nuevos establecimientos de juego en el Principado de Asturias en tanto se procedía a la determinación de los criterios por los que se regirá la concesión de dichas autorizaciones. Dicha suspensión tenía una duración de ocho meses. Posteriormente, y también por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de noviembre de 2019, se acordó prorrogar por ocho meses más la suspensión de concesión de autorizaciones. Conforme al acuerdo (y tal y como ya incluía la suspensión inicial), la suspensión no afectará a aquellas solicitudes de autorización en las que quede acreditado que la solicitud de licencia de obra y/o actividad en el Ayuntamiento es de fecha anterior a la adopción del Acuerdo de 26 de marzo que suspendía la concesión de autorizaciones de apertura de nuevos establecimientos de juego en el Principado de Asturias. 

Para la apertura de un establecimiento de juego (como es el caso de los locales de apuestas), conforme al artículo 7.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas, se requiere autorización administrativa previa. 

Como requisito previo e imprescindible a su obtención, el artículo 39.3 del Decreto 169/2015, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas del Principado de Asturias, requiere que se acompañe la solicitud de la licencia municipal para la actividad correspondiente o del documento municipal que lo sustituya, donde consten la naturaleza y la titularidad del local de apuestas.

Por tanto, se requerirá la licencia municipal previa para la obtención de la autorización administrativa que otorga el Principado de Asturias para la apertura de locales de apuestas.

Que la prórroga no afecte a aquellas solicitudes en que quede acreditado que la solicitud de licencia de obra y/o actividad en el Ayuntamiento es de fecha anterior a la adopción del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2019 se justifica en que podrían estar tramitándose las licencias ante los diferentes ayuntamientos sin que aún se tenga conocimiento en la Administración autonómica, pretendiendo con ello evitar perjudicar a las empresas que estén llevando a cabo inversiones y, en algunos casos, contratando y formando a empleados de futuros establecimientos de juego. Sobre la base de lo expuesto, a fecha actual no consta en el Servicio de Juego del Principado de Asturias ninguna solicitud para la apertura de locales de apuestas. 

No obstante, durante el tiempo que dura la prórroga de la suspensión de concesión de autorizaciones de apertura de nuevos establecimientos de juego podrían registrarse nuevas solicitudes. Estas, además de los restantes requisitos que exige la normativa autonómica para su obtención, deberán acreditar que la solicitud de licencia de obra y/o actividad en el Ayuntamiento es de fecha anterior a la adopción del Acuerdo de 26 de marzo de 2019. Finalmente, cabe recordar que Asturias dispone en la actualidad de nueve locales de apuestas. Los dos últimos fueron autorizados en marzo y abril del año 2019, en fecha posterior al Acuerdo de 26 de marzo de 2019, del Consejo de Gobierno, que acordó la suspensión de concesión de autorizaciones de apertura de nuevos establecimientos de juego en el Principado de Asturias. En ambos casos su solicitud fue registrada antes del inicio de la suspensión y, por tanto, ya disponían de licencia municipal cuando esta fue registrada en la Administración autonómica.

Oviedo, 10 de diciembre de 2019. La Consejera de Hacienda. Lo que se publica. P. D. El Letrado Mayor”.

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