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ADELANTAMOS EL TEXTO DE LOS ACUERDOS SOBRE EL REGISTRO DE PROHIBIDOS Y LAS MODIFICACIONES AL PROPIO CONSEJO QUE EL MINISTERIO DE GARZÓN PRETENDE QUE SE APRUEBEN EN LA REUNIÓN DEL CONSEJO DE POLÍTICAS DEL JUEGO DE HOY

AZARplus

Atado y bien atado… o casi, porque la Comisión Técnica deberá valorar y después el propio Consejo tendrán que aprobar , los textos que tan pomposamente el Ministro de Consumo ha preparado para ser acordados en la Reunión del Consejo de Políticas del Juego de hoy… Publicamos y reproducimos para nuestros numerosos lectores los textos íntegros de los Documentos que el Señor Garzón llevará a la Reunión.

ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE POLÍTICAS DEL JUEGO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL 30 DE ENERO DE 2018

En Madrid, a 21 de septiembre de 2020, el Consejo de Políticas del Juego,

CONSIDERANDO QUE:

PRIMERO. El Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Políticas del Juego, aprobado en su sesión plenaria de 30 de enero de 2018, determina en su disposición final primera que su modificación requerirá del Acuerdo adoptado en el Pleno del Consejo.

SEGUNDO. A resultas de la nueva configuración de la planta ministerial derivada de lo dispuesto en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, y de la asunción, por parte del Ministerio de Consumo, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de juego, resulta conveniente trasladar estos cambios organizativos al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Políticas del Juego, articulando de este modo la presencia de los representantes de este departamento ministerial en la estructura organizativa de dicho Consejo.

ACUERDA

Aprobar las siguientes modificaciones del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Políticas del Juego, aprobado en su sesión plenaria de 30 de enero de 2018: 

Uno. Se modifica el artículo 7.1, que pasa a tener la siguiente redacción:

“1. La persona titular de la presidencia del Consejo de Políticas del Juego es el titular del Ministerio de Consumo.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad la presidencia podrá delegar de forma expresa sus funciones en otro miembro del Consejo.  En ausencia de delegación expresa en otro miembro, la Presidencia corresponderá a la persona que ostente la Vicepresidencia del Consejo.

Dos. Se modifica el artículo 11.2, que pasa a tener la siguiente redacción:

“2. Se incorporan a la Comisión Sectorial el Ministro de Consumo, que la presidirá, la persona titular de la Secretaría General de Consumo y Juego, la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Juego y un representante de cada Comunidad Autónoma, así como un representante de la Ciudad de Ceuta y otro de la Ciudad de Melilla.

La presidencia de la Comisión Sectorial ejercerá, respecto a ésta, las mismas funciones que le corresponden respecto al Pleno de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 de este reglamento.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad la Presidencia de la Comisión Sectorial podrá delegar de forma expresa sus funciones en otro miembro de dicha Comisión. En ausencia de delegación expresa en otro miembro, la Presidencia corresponderá al titular de la Secretaría General de Consumo y Juego.”

Tres. Se modifica la disposición final segunda, que queda redactada del modo siguiente: 

“Disposición final segunda.

El Ministerio de Consumo proporcionará al Consejo de Políticas del Juego los medios materiales y cuantos otros resulten precisos para su adecuado funcionamiento.”

 

ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE POLÍTICAS DEL JUEGO PARA IMPULSAR LA APROXIMACIÓN NORMATIVA Y TÉCNICA SOBRE REGISTROS DE PROHIBIDOS Y LA INTERCONEXIÓN ENTRE DICHOS REGISTROS

En Madrid, a 21 de septiembre de 2020, el Consejo de Políticas del Juego,

CONSIDERANDO QUE:

PRIMERO. El Consejo de Políticas del Juego, en virtud de lo dispuesto en el art. 2 de su Reglamento de organización y funcionamiento, aprobado el 30 de enero de 2018, se constituye como órgano colegiado que asegura la cooperación, participación y, en su caso, coordinación, de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla en materia de juego, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

SEGUNDO. La consecuencia más grave que produce la actividad del juego es el surgimiento, en ciertos jugadores, de comportamientos que disminuyen o anulan la correcta percepción de la relación entre riesgo y recompensa que se asocia a esta actividad y el control volitivo sobre su proceder. Estos comportamientos llevan aparejadas consecuencias negativas muy graves que acaban afectando no solo a la persona que los padece sino también a su entorno sociofamiliar.

Para hacer frente a este grave problema de salud pública, tanto el Estado como las Comunidades Autónomas disponen de herramientas que permiten que las personas jugadoras se autolimiten en su capacidad de jugar a través de diversos mecanismos, entre los cuales destacan los registros de prohibidos.

TERCERO. Al mantener los registros de prohibidos existentes contrastes regulatorios y operativos sustanciales entre ellos, desde 2015, en el seno del Consejo de Políticas del Juego y de sus Grupos de Trabajo, se ha buscado generar un modelo de protección compartido por el Estado y las Comunidades Autónomas en el que las diferencias existentes entre los distintos registros de prohibidos no redunden en perjuicio de la ciudadanía.

CUARTO. Con vistas a reforzar y completar los trabajos llevados sobre esta cuestión esencial desde 2015, resulta necesario impulsar de forma decidida un modelo de compartido en materia de registros de prohibidos que tenga por finalidad establecer un sistema de protección óptimo dirigido hacia la ciudadanía, impulsando así los trabajos llevados a cabo hasta la fecha sobre esta materia.

ACUERDA

PRIMERO. Instar a las distintas autoridades autonómicas y estatal responsables a que, en el plazo de cuatro meses a contar desde la aprobación de este acuerdo, elaboren, en el seno de la Comisión Sectorial, una propuesta de aproximación conjunta sobre el modelo técnico y normativo óptimo para garantizar una máxima protección a la ciudadanía, que será elevada al Pleno del Consejo de Políticas del Juego para su aprobación.

SEGUNDO. Instar a las distintas autoridades responsables a que realicen los desarrollos tecnológicos y las modificaciones normativas necesarias que permitan la suscripción de convenios de colaboración para la interconexión automatizada entre los distintos sistemas de información de los mencionados registros, en el plazo máximo de un año a contar desde la aprobación por el Pleno del Consejo de Políticas del Juego de la propuesta mencionada en el apartado primero.

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NOVOMATIC

2 Comentarios

  1. Ya se que a todo el Sector parece que les gusta esto del registro pero dijo yo que a lo mejor si desde 2015 no lo han conseguido será por algo.

    A mi me parece que si hasta ahora siempre ha habido problemas a lo hora de compartir datos, archivos, registros a cualquier nivel, véase los datos médicos, porque ahora iba a ser diferente.

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