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La lucha contra la pandemia sirve como escudo a las Administraciones autonómicas en sus medidas antijuego

Los Boletines Oficiales de Cataluña, Cantabria, Baleares y Valencia coinciden en renovar sus injustificadas restricciones al Sector

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En muy breve espacio de tiempo los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Cantabria, Baleares y Valencia han publicado medidas renovadas de restricción de la actividad del juego (juego privado, por supuesto) firmadas por sus respectivas Consejerías o Departamentos de Salud. Y es que, todas estas disposiciones de las distintas Administraciones autonómicas se producen sin que exista ningún dato sobre contagio en los establecimientos de juego a los que afectan, locales en los que desde el primer momento de la pandemia sus responsables dotaron con las máximas garantías sanitarias y de higiene. Y, por supuesto, hay que entender que cuando en los distintos Boletines Oficiales de las Comunidades se habla de establecimientos de juegos y apuestas la referencia no incluye a los despachos de Loterías del Estado… 

En Cataluña, donde a la firma de la Consejera de Salud Alba Vergés se une la del Consejero de Interior Miquel Samper, lo referente a nuestro Sector no puede ser más escueto y ocupa el apartado (nº 12) más breve de todo el texto: Se suspende la apertura al público de actividades de Salones de Juego, Casinos y Salas de Bingo. Nada más. Esta Resolución del 4 de diciembre contempla la prórroga de la medida revisable cada dos semanas.

En Cantabria el Consejero de Sanidad Miguel Javier Rodríguez  rubrica la “Prórroga de la medida de cierre de casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas”. La medida tiene carácter revisable cada 14 días.

En Baleares la Consejera de Salud y Consumo Patricia Gómez Picard adopta “con carácter transitorio y por un periodo de quince días naturales”  medidas excepcionales contra la epidemia  COVID-19 en el núcleo de población correspondiente al municipio de sa Pobla “consistente en el cierre de los espacios interiores de los establecimientos que ejerzan la actividad de restauración y de los establecimientos de juegos y apuestas”.

Finalmente en la Comunidad Valenciana, donde las medidas previstas hasta el 9 de diciembre se prorrogan hasta el próximo 9 de mayo, la Consejera de Sanidad Universal y Salud Pública Ana Barceló firma con respecto a la Hostelería  que no están permitidos “los juegos de azar en los bares y similares” y de forma directa sobre nuestro Sector establece: “En los establecimientos que realicen actividades recreativas de azar, se permite la apertura de hasta un 30 % de su aforo interior”. “La ocupación máxima será de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Se garantizará la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. No está permitido el consumo en barra”. En este punto se incluye a bingos, casinos, salones de juego, salones ciber y locales específicos de apuestas.

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