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MAGISTRAL INTERVENCIÓN DE JUAN BRAVO, DE LA QUE DEBERÍAN TOMAR NOTA OTRAS AUTONOMÍAS

SOBERBIA CONTESTACIÓN PARLAMENTARIA DEL CONSEJERO DE HACIENDA DE ANDALUCÍA CONTRA LA DEMAGOGIA CHATARRERA DE UNIDAS PODEMOS

AZARplus

Afortunadamente, el sentido común y la legalidad son algunas de las señas de identidad del actual Gobierno de Andalucía con respecto al Juego y frente a la habitual demagogia chatarrera de la llamada Izquierda progresista… El Consejero de Hacienda y Financiación Europea Juan Bravo Baena ha dejado las cosas claras en el Parlamento de Andalucía sobre los ataques injustificados que la Industria del Juego recibe constantemente sin que exista base científica alguna, generando únicamente una alarma social que dista mucho de la realidad, y así lo ha comunicado en su respuesta al Grupo Parlamentario Unidas Podemos en relación a las preguntas que le formulaban sobre la razón por la que no ha aumentado las medidas de distancia en la Comunidad.

Según apunta Bravo en su incisiva y soberbia contestación, “la realidad y la incidencia social del Juego” que el diputado de Unidas Podemos Jesús Fernández Martín no es tal, pues el número de salones de Juego autorizados actualmente en Andalucía, de 871, es parecido al que ya existía en el año 2009 (883) y sensiblemente inferior a los autorizados en 2010 (922). Por tanto, Bravo señala que no se sostiene el argumento de que “Andalucía, como en buena parte del resto del territorio del Estado, ha vivido un incremento exponencial de las casas de apuestas en su territorio”, como así constata Fernández. “Así se afirma en una la justificación de una Proposición de Ley presentada recientemente, entre otros, por el Sr. diputado que formula la presente pregunta”.

En referencia a la medida de establecer una nueva distancia de protección de 150 metros respecto a los centros de enseñanza no universitaria, Bravo destaca que “no cabe duda de que se trata de una medida que limita la legítima actividad de las empresas dedicadas a este subsector del ocio de Andalucía”, y añade que “la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece de forma contundente y esclarecedora que las Administraciones Públicas «deberán aplicar el principio de proporcionalidad y elegir la medida menos restrictiva»”.

Sobre la “incidencia social” de los establecimientos presenciales de Juego y apuestas, respecto de los menores de edad, Bravo no se corta al afirmar que “se ha venido difundiendo la idea, sin base científica alguna, de que existe una masiva adicción al Juego de las personas menores de edad, en el caso del Juego presencial en Andalucía esto no se produce”.

La evidencia empírica avala sus palabras, pues las frecuentes inspecciones realizadas a los establecimientos de Juego, indica que “de existir esa hipotética situación alarmante ésta no se debe, en modo alguno, a la presencia de menores de edad en los establecimientos de Juego”. Así lo ha confirmado, como bien informa Bravo, las recientes inspecciones realizadas los días 21, 22 y 23 de abril de este año, en las ocho provincias de Andalucía y sobre 527 salones de Juego. “De 1.666 personas identificadas en el interior de los mismos, no se detectó por la inspección presencia alguna de menores ni de personas autoprohibidas en el interior de los mismos”.

En relación al Decreto por el que se modifica la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Bravo comunica en su respuesta al Diputado de Unidas Podemos que el Consejo de la Competencia de Andalucía considera que, “desde el punto de vista de competencia, el requisito impuesto de guardar una distancia mínima de 100 metros respecto de los preexistentes suponía una grave restricción a la competencia, al impedir el acceso y establecimiento de otros operadores en este mercado. Para el Consejo tales limitaciones establecían trabas a la instalación de nuevos operadores en pro de aquellos ya instalados, preservando la actividad comercial de los ya autorizados en detrimento de aquellos que pretendieran iniciar la actividad”.

Asimismo, Juan Bravo asegura que la realidad del mercado del Juego presencial en Andalucía no demanda la adopción de medidas excesivamente limitadoras: “Por parte de determinados grupos políticos, incluso por diferentes ayuntamientos de Andalucía, se ha venido propugnando un régimen de mayores distancias mínimas, no solo con respecto a centros educativos, sino incluso con cualquier zona de jardines o recreativas frecuentadas por menores de edad. Además, se incluso proponían incrementar las actuales distancias mínimas entre establecimientos de Juego, hasta establecer en ambos casos un distanciamiento mínimo de 500 metros. Este criterio de planificación del Juego para Andalucía no solo supondría una contingentación de los actuales establecimientos abiertos, favoreciendo a sus actuales titulares, sino incluso la imposibilidad de garantizar la libertad de establecimiento de nuevos operadores económicos en este legítimo sector económico, siendo evidente que este tipo de restricciones estarían absolutamente vetadas tanto por las Directivas de la Unión Europea, como por la propia Ley de Garantía de Unidad de Mercado”. Por todo ello, Bravo declara que el Consejo de Gobierno optó por mantener el anterior régimen de distancias mínimas entre establecimientos de Juego, tanto para salas de bingo como para salones de Juego y “rechazando su total eliminación tal y como propugnaba en su informe el Consejo de la Competencia de Andalucía”.

En relación a la pregunta del Grupo Parlamentario sobre si se contempla aumentar en un futuro esa distancia, Juan Bravo afirma que la Consejería no aprecia motivos que demanden ampliar esta medida restrictiva más allá de la establecida actualmente en la regulación y planificación del Juego en Andalucía: “Consideramos que, atendiendo a la realidad social que concurre en Andalucía respecto a los menores de edad y las actividades del Juego presencial, las medidas que se han adoptado en el Decreto 161/2021, de 11 de mayo, no solo refuerzan la protección de éstos ante las actividades de Juego presencial (redoblándose el estricto cumplimiento de los controles de admisión a los establecimientos y la prohibición expresa de publicidad de Juego en sus fachadas), sino que al tratarse de una medida que limita la legítima actividad de las empresas dedicadas a este subsector, garantizan al mismo tiempo la observancia por parte de la Junta de Andalucía de los principios de buena regulación y de unidad de mercado, arbitrándose unas medidas menos restrictivas para la actividad de los operadores económicos de este sector que garantizan la atención a las instrucciones constitucionales sobre unidad de mercado y libertad de empresa”.

Por último, el Consejero de Hacienda y Financiación Europea manifiesta en su contestación que la prevalencia de adicciones en menores de edad “no hay que buscarla en los salones de Juego, salas de bingo o casinos de Juego presenciales, ámbito en el que la administración andaluza tiene capacidad normativa o regulatoria; sino en otros sectores y sobre todo en la facilidad de acceso de los menores a los dispositivos móviles electrónicos, redes sociales, Juegos en línea, etc. A nuestro juicio, esa es la auténtica realidad e incidencia social que les afecta realmente”.

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1 Comentario

  1. Solo habría que decirle que antes de azuzar al juego online para meterse contra el gobierno , se informe bien , ya que en el también se lleva a cabo un control exhaustivo sobre el juego de menores , al menos en el legal.
    Otra cosa es en el ilegal, potenciado por las restricciones del legal, y por la falsificación o la utilización de los datos de los menores aprovechando cuentas de sus mayores.

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