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Un juez federal declara inconstitucional la prohibición del Gobierno de abrir nuevos casinos y slots y permite además juegos de ruleta y Poker

La justicia parece funcionar también en México

AZARplus

Cuando una ley no tiene ni pies ni cabeza y es chapucera, la justicia, tarde o temprano. Se acaba imponiendo. Ya sea en España, o como en este caso, México. El juez federal Gabriel Regis ha emitido un fallo que declara inconstitucional la reforma impulsada por el presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador, que prohibía la apertura de nuevos casinos con máquinas de Juego. La sentencia además dicta que se deben permitir los juegos de ruleta y Poker en estos establecimientos, algo que nunca antes había sido autorizado.

Regis, del Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa, ha otorgado los primeros tres recursos contra las modificaciones al Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Estas modificaciones prohibían completamente las máquinas de Juego, permitiendo su operación únicamente en los 444 casinos que estaban en funcionamiento hasta finales de 2023, hasta que sus permisos expiren.

La decisión del juez Regis se basa en un fallo de la Suprema Corte de Justicia de 2016, que aclaró que la LFJS, vigente desde 1947, sí permite los sorteos, y que este término aplica a las máquinas de Juego, cuyo resultado depende del azar y no de la habilidad del jugador.

El juez Regis también ha declarado inconstitucional el artículo 91 del Reglamento, que prohibía los juegos de ruleta, dados y cartas al no considerarlos “sorteos”. En el fallo, argumenta que la mecánica de la ruleta es completamente azarosa, por lo que puede ser considerada un sorteo según el criterio de la Corte. Los juegos de cartas, que combinan azar y habilidad, y los dados, ya autorizados por la LFJS, también deben ser permitidos.

Además, Regis ha invalidado la obligación de tramitar una nueva licencia ante la Secretaría de Gobernación cuando se cambie la ubicación de un casino, así como la prohibición de mantener las máquinas al renovar permisos vigentes.

El gobierno ya ha impugnado las sentencias, por lo que la sentencia no tiene efecto inmediato.

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