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Intenta con ello adecuar la oferta a la demanda y garantizar el mantenimiento del empleo en el Sector

Asturias integra la baja mensual en la tasa de Máquinas en los Presupuestos de 2024

AZARplus

El Principado de Asturias ha aprobado el mayor presupuesto de su historia, con 6.348 millones de euros para 2024.

La Comunidad cuenta con unos ingresos por Juego previstos de 24,9 millones de euros. El impuesto sobre el Bingo alcanza los 2,3 millones de euros, mientras que el impuesto estatal sobre actividades de Juego se cifra en 4 millones. Según señalan desde la Administración, la  recaudación de este tributo lleva dos años de recuperación aproximándose para el próximo ejercicio a los niveles previos al ejercicio 2020. Los beneficios fiscales de las tasas de Juego se estiman en 652.000 euros.

La principal novedad normativa consiste en la integración dentro de la normativa de la posibilidad de efectuar bajas mensuales en la tasa de Máquinas con el fin de “adecuar la oferta a la demanda y así garantizar el mantenimiento del empleo en el Sector”.

La liquidación y pago de la tasa fiscal de las Máquinas se efectuará, según declaran en el Proyecto, en los siguientes términos:

  • En los casos de explotación de máquinas de los tipos B, o recreativas con premio, y C, o de azar, la tasa se gestionará a partir de la matrícula de las mismas. El Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias formará anualmente dicha matrícula, que estará constituida por censos comprensivos de las máquinas de juego de tipo B y tipo C con autorización de explotación vigente a la fecha de devengo, los sujetos pasivos y las cuotas exigibles.
  • La matrícula para cada ejercicio se cerrará el 31 de diciembre del año anterior e incorporará las máquinas de los tipos B y C con autorización de explotación vigente, así como las altas y bajas de autorizaciones de explotación producidas durante dicho año.
  • La matrícula se pondrá a disposición del público en la sede del centro gestor desde el 20 de enero al 20 febrero, publicándose el anuncio de su exposición en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
  • Las cuotas de la tasa se recaudarán mediante recibo. En el plazo de exposición al público del padrón, el sujeto pasivo podrá optar por abonar la cuota correspondiente en un único plazo dentro de los veinte primeros días del mes de marzo, o por el fraccionamiento automático en cuatro pagos trimestrales a efectuar en los veinte primeros días de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. En caso de no manifestar ninguna opción, se entenderá solicitado el fraccionamiento automático. El fraccionamiento automático se hará efectivo por domiciliación bancaria y no precisará garantía ni devengará intereses de demora.
  • En el caso de nueva autorización, las cuotas se calcularán proporcionalmente al número de meses naturales que restan para finalizar el año, incluido aquel en que se produzca la autorización. En el ejercicio en el que se conceda la autorización, el sujeto pasivo tendrá que autoliquidar la tasa exigible por el mes en que se haya producido la autorización y los que resten hasta la finalización del trimestre, en el supuesto en que haya optado por el fraccionamiento automático, o hasta la finalización del ejercicio, si se optó por el pago único. En el supuesto en que resulte aplicable el fraccionamiento automático, los meses restantes se liquidarán trimestralmente según lo previsto en el apartado anterior.
  • Para acogerse a la reducción del 100 por ciento aplicable a las máquinas en situación de baja temporal, tal situación habrá de ser comunicada antes del inicio de cada mes y surtirá efectos para las cuotas a satisfacer por los meses siguientes, en tanto se mantenga dicha situación por no haberse comunicado la reactivación de la máquina y por el tiempo máximo de un año. En caso de reactivación de máquinas que se encuentren en situación de baja temporal, el contribuyente deberá abonar la cuota correspondiente al mes de reactivación y los que resten hasta la finalización del trimestre, en el supuesto en que haya optado por el fraccionamiento automático, o hasta la finalización del ejercicio, si se optó por el pago único. En el supuesto en que resulte aplicable el fraccionamiento automático, los meses restantes se liquidarán trimestralmente en la forma prevista en la letra d) anterior.
  • Los deudores podrán domiciliar el pago de los recibos en cuentas de las que sean titulares, abiertas en entidades de depósito colaboradoras en la gestión recaudatoria de los tributos. Para ello, dirigirán comunicación al Ente Público de Servicios Tributarios un mes antes del inicio del periodo de pago en que haya de surtir efectos
  • El consejero competente en materia tributaria podrá disponer que las declaraciones y/o autoliquidaciones del tributo se efectúen mediante los programas informáticos de ayuda que, en su caso, se aprueben. Asimismo, podrá disponer la obligatoriedad de su presentación mediante medios telemáticos.

En lo que respecta a los gastos, el programa de Ordenación del Juego supera los 480.000 euros. La Dirección General de Presupuestos y Finanzas tiene atribuidas en este ámbito las siguientes funciones:

  • La tramitación de las autorizaciones en materia de casinos, juegos y Apuestas.
  • Las funciones de control e inspección en materia de Casinos, juegos y Apuestas.
  • La aplicación del régimen sancionador en materia de Casinos, juegos y Apuestas.
  • La homologación del material de Juego.
  • La gestión del registro general del Juego y Apuestas del Principado de Asturias.
  • La gestión del registro personal de interdicciones de acceso al Juego.
  • La elaboración de la memoria anual de Juego, así como de estudios e informes en materia de juegos de Casinos, juegos y Apuestas

Como objetivos de este programa, el Principado de Asturias señala la mejora del procedimiento de autorizaciones “con el fin de incentivar la tramitación telemática lo que sin duda redundará en beneficio de los interesados”, la intensificación de las actuaciones inspectoras “con el fin de garantizar que todas las actividades de Juego se desarrollen de forma responsable y dentro del ámbito de la normativa autonómica”, y el desarrollo de “todas las acciones necesarias para la prevención de la ludopatía”.

Dentro de estas acciones previstas por la Administración asturiana, se encuentran:

  • Hacer un seguimiento continuado del Sector de Juego y Apuestas en el Principado de Asturias lo que puede implicar la elaboración de estudios o informes en este ámbito.
  • Coordinar las medidas que recoge el Programa para la Prevención de la Ludopatía 2022-2024, aprobado por Consejo de Gobierno de 4 de febrero de 2022, en sus cuatro ámbitos de actuación (formación e información; educación; control e inspección y atención sanitaria), y ejecutar aquellas medidas específicamente atribuidas a la Dirección General.
  • Ejecutar el Plan de inspección en materia de Juego y apuestas con especial atención a la protección de menores, jóvenes y colectivos vulnerables.
  • Definir canales para proporcionar información en materia de juegos y Apuestas, así como sensibilizar a los destinatarios sobre los riesgos existentes.
  • Llevar a cabo actuaciones relacionadas con el Juego responsable, entre ellas colaborar a la puesta en marcha de la herramienta AZARIS.

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