Compartir

Publicado hoy en el DOGC su objetivo es "proteger a los ciudadanos inscritos en el Registro de personas que tienen prohibido el acceso a cualquier establecimiento de juego en la Comunidad"

Difundimos el DECRETO por el que CATALUÑA refuerza el CONTROL DE ACCESO en los SALONES

AZARplus

Hoy se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya el “Decreto 37/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de salones de juego, del Decreto 24/2005, de 22 de febrero, por el que se regulan determinadas prohibiciones de acceso a establecimientos de juego y el Registro de personas que tienen prohibido el acceso a salones de juego, casinos y salas de bingo, y del Decreto 23/2005, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar“.

Un texto normativo que, según el comunicado oficial de la Generalitat previo a su publicación: “El Gobierno ha dado luz verde al decreto que modifica el reglamento de salones de juego (Decreto 37/2010 y Decreto 24/2005). El objetivo es ampliar el control de acceso a los salones de juego y situarlo a la entrada del establecimiento y no sólo en la zona donde están instaladas las máquinas de tipo B especiales, como sucedía hasta ahora.

De este modo, por un lado se unifican los criterios sobre el régimen de acceso a cualquiera de los establecimientos de juego que hay en Cataluña -salons, bingos y casinos-; y, por otro, se refuerza y ​​mejora la protección de aquellas personas que de forma voluntaria (autoprohibidos) o imperativa (prohibidos) -por resolución judicial o por sanción administrativa están inscritas en el Registro de personas que tienen prohibido el acceso a cualquier establecimiento de juego en Cataluña. Con esta medida, el Gobierno quiere favorecer el proceso de rehabilitación y evitar la recaída de las personas que se encuentran en tratamiento terapéutico relacionado con el juego patológico.

El nuevo decreto, que consta de tres artículos, una disposición derogatoria y una disposición final, establece la entrada en vigor seis meses después de su publicación en el DOGC. La finalidad es facilitar que los salones de juego puedan adaptar sus instalaciones para hacer efectivo este control de acceso.

Finalmente, el texto aprobado hoy también modifica el Decreto 24/2005 para adaptar el Registro de personas que tienen prohibido el acceso a salones de juego, casinos y salas de bingo a la actual normativa en materia de protección de datos“.

DOCUMENTOS ADJUNTOS

DESCARGAR EL DECRETO 

Dejar comentario

¡Por favor, introduce un comentario!
Por favor, introduce tu nombre

* Campos obligatorios
** Los comentarios deben ser moderados, en muy poco tiempo, serán validados