Actualización de la medida publicada en el Boletín Oficial del Estado en el día de hoy sábado 6 de junio
El BOE publica hoy la Orden por la que se establece que el aforo máximo permitido de los Locales de Juego es del 50% eliminándose la restricción de 50 personas de capacidad
El Boe ha publicado hoy en un Boletín Extraordinario la “Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad” por la que se elimina la restricción de aforo de máximo 50 personas en los locales de Juego que establecía la Orden anterior.
Concretamente el BOE manifiesta con respecto a esta materia:
“Finalmente, se establece el aforo máximo permitido en los locales de juego y apuestas en un cincuenta por ciento“.
Cuatro. Se modifica el apartado 1 del artículo 41 que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Podrá procederse a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego.
Esta reapertura queda condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. Asimismo, deberán cumplirse las restantes condiciones y requisitos previstos con carácter general en esta orden.»
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