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Si dentro de tres meses no hubiesen tomado posesión de sus puestos de trabajo todos sus miembros, dichas funciones las asumirán provisionalmente los miembros de la anterior Junta Superior de Hacienda, ejerciendo las funciones de la Vicepresidencia, Manuel Vázquez Martín, al ser el titular del Servicio de Tributos de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, según la norma, que entrará en vigor a los tres meses desde su publicación en el BOJA, excepto la Disposición adicional primera, relativa a la adecuación de la relación de puestos de trabajo, con efectos a partir de hoy martes

El BOJA publica el Decreto por el que se regula la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico del Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado el Decreto 60/2020, de 29 de abril, por el que se regula la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico del Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía

Ejercerá las funciones de la Vicepresidencia, la persona titular del Servicio de Tributos de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego

Asimismo, según la Disposición transitoria segunda, relativa a la puesta en funcionamiento del Tribunal, si a los tres meses desde la publicación del presente Decreto en el BOJA no hubiesen tomado posesión de sus puestos de trabajo todos los miembros del mismo, las funciones atribuidas a dichos puestos serán asumidas provisionalmente por los miembros de la anterior Junta Superior de Hacienda, con su anterior régimen de dedicación, de acuerdo con una serie de puntos, entre los que se señala que ejercerá las funciones de la Vicepresidencia, la persona titular del Servicio de Tributos de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego. Un cargo que actualmente ocupa Manuel Vázquez Martín en dicha autonomía.

La norma entrará en vigor a los tres meses desde su publicación en el BOJA, a excepción de la Disposición adicional primera, relativa a la adecuación de la relación de puestos de trabajo, que produce efectos a partir del día siguiente al de esta publicación.

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