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Entre otras medidas contempladas en el anteproyecto del Ley de lucha contra el fraude aprobado por el Consejo de Ministros

El Gobierno anuncia más control a las webs de Apuestas y a las criptomonedas

AZARplus

Reforzar el control de los Operadores del Juego, especialmente en el segmento de las webs de Apuestas deportivas, así como de las criptomonedas a nivel tributario son algunas de las medidas de lucha contra el fraude fiscal que contempla el anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros este viernes para prevenir y luchar contra el fraude fiscal.

Otras de las medidas contempladas en la mencionada normativa, con la que se pretende recaudar 828 millones de euros más, se refieren, por ejemplo, a la ampliación de la lista de paraísos fiscales, así como a la reducción de los umbrales para entrar en la lista de morosos con Hacienda, prohibiendo por ley las amnistías tributarias.

Con la nueva legislación, también quedará prohibida la producción, tenencia o comercialización de los software de doble uso que permiten a las empresas ocultar parte de su actividad, según explicó la Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Ministros. 

Prevenir y combatir el fraude fiscal

Combatir los nuevos modos y fórmulas de fraude fiscal, así como los comportamientos inadecuados de grandes multinacionales y evitar una planificación fiscal abusiva son los principales objetivos de esta normativa, según la nota, cuyo fin es ayudar a modernizar el modelo económico y conseguir un sistema fiscal más redistributivo y justo. Para lograrlo, el anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal incluye un amplio abanico de cambios regulatorios.

Asimismo, de acuerdo con la nota de prensa difundida, el Gobierno también aprobó el Impuesto sobre Servicios Digitales y el Impuesto sobre Transaciones Financieras.

Refuerzo del control del Juego

La trasposición de la directiva europea antielusión fiscal, conocida como ATAD, también se incluye en este anteproyecto de Ley. En este aspecto, como medida antifraude, se busca asegurar que las multinacionales tributen en los países donde tienen actividad y generan valor, además de reforzarse el control de la actividad del Juego.

Centrándose especialmente en el caso de las Apuestas Deportivas. Según Montero, se creará una “lista negra”  con las páginas web de apuestas que no estén autorizadas, informa El Independiente.

De acuerdo con el comunicado, por otra parte, las medidas se orientan a “reforzar el control de los operadores del juego, que deberán colaborar en la lucha contra el fraude, y se combatirá el fraude en las actividades de juego, incluido el fraude que se puede producir en las apuestas deportivas”.

Gobierno

 Normas antielusión

La mencionada trasposición de la directiva europea ATAD establece una serie de normas contra este tipo de prácticas que inciden en el mercado interior de forma directa. Entre otras, en España, según el comunicado difundido implica el “fortalecimiento del régimen de Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y de la denominada Imposición de Salida (‘Exit Tax’) para reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización, y para asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España.

Con la ‘Exit Tax’ se pretende garantizar que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento de dicho traslado de activos. Así se consigue que tributen en España las plusvalías generadas cuando una sociedad traslada su residencia fiscal al extranjero.

Además, este anteproyecto de Ley contempla medidas para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario. Se introducen cambios en el régimen de reducciones aplicable a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos para lograr una mayor simplificación, favorecer el ingreso voluntario y la disminución de dicha litigiosidad”.

Informar de las operaciones con criptomonedas

El anteproyecto de Ley contempla el control de las operaciones de venta de criptomonedas mediante el establecimiento de nuevas obligaciones para obtener información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales, ya sea en España o, si afectara a los contribuyentes españoles, también en el extranjero.

En concreto, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia, además de ser obligatorio tanto suministrar información sobre las operaciones con criptomonedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia) como informar sobre su tenencia en el extranjero a través del modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior.

Lucha contra paraísos fiscales

En cuanto a los paraísos fiscales, hay que subrayar que su “concepto” se amplía, incluyendo a los países con baja o nula tributación, así como a los que no caractericen por su opacidad o falta de transparencia. Un listado que, por otra pate, se actualizará de forma periódica.

Montero explicó que se pondrá el foco en aquellos que países o territorios donde no haya “un efectivo intercambio de información tributaria con España sobre el titular real de los bienes o derechos; o que se faciliten instrumentos que permiten atraer beneficios sin una actividad económica real en el país”.

Menos efectivo

El anteproyecto también prevé limitar el pago en efectivo en determinadas operaciones económicas. Entre empresarios, pasará de 2.500 a 1.000 euros, si bien se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados por particulares.

Además, buscando un efecto disuasorio, se reduce el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el supuesto de particulares con domicilio fiscal en el extranjero. Ello persigue endurecer el régimen para restringir estas operaciones que, al ser en efectivo, son más difíciles de rastrear.

Otras medidas 

Entre las medidas aprobadas también destacan aquellas que tratan de evitar la manipulación de la contabilidad y la facturación de las empresas para que estas no oculten sus rendimientos. Para ello, se prohibirá producir y usar programas y sistemas informáticos que permitan manipular los datos contables.

Asimismo, los programas deberán contar con un certificado oficial, con una multa al fabricante de 150.000 euros por cada ejercicio en que haya vendido dicho software.

También se prohibirán por Ley las amnistías fiscales y se aplicará la Tasa Google: una serie de medidas para evitar que las multinacionales beneficios fuera de España.

Además de crearse en la Agencia Tributaria, dentro de medidas que no necesitan tramitación legislativa, una unidad de control de grandes patrimonios que afectará a grandes fortunas y grandes contribuyentes, con 200 nuevos funcionarios. Con ello se pretende que “haya beneficios tributarios injustificados que supongan una quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de gastos del Estado”.

Por último, Montero explicó que se están mejorando las herramientas de análisis de riesgo en la Agencia Tributaria con el uso de fuentes de información abiertas (Big Data), siguiendo los pasos dados por los paíss que mejores resultados antifraude obtienen. la obtención de información en fuentes abiertas o el Big Data.

A continuación, ofrecemos para nuestros lectores el comunicado oficial y el pdf adjunto que resume las medidas, así como distintos enlaces del eco de la noticia en la prensa generalista.

El Gobierno presenta el anteproyecto de Ley contra el fraude fiscal para combatir las nuevas formas de evasión

  • Contempla la actualización de la lista de paraísos fiscales, refuerza el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas y prohíbe por ley las amnistías tributarias
  • Con la nueva normativa quedará prohibida la producción, tenencia o comercialización de los software de doble uso que permiten a las empresas ocultar parte de su actividad
  • El Gobierno también aprueba el Impuesto sobre Servicios Digitales y el Impuesto sobre Transacciones Financieras

El Ministerio de Hacienda ha informado hoy al Consejo de Ministros del anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que incluye un amplio abanico de cambios regulatorios dirigidos a asentar parámetros de justicia tributaria y facilitar las actuaciones tendentes a prevenir y luchar contra el fraude. Igualmente, el Consejo ha aprobado la creación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha resaltado que con este paquete de medidas se pretende “construir una nueva fiscalidad para el siglo XXI, más progresiva y redistributiva, para que todos contribuyan según su capacidad y reciban según su necesidad”.

Montero ha asegurado que el anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal “es una herramienta necesaria para reforzar y ampliar la persecución de estas prácticas insolidarias y que generan tanta alarma social”.

La lucha contra el fraude fiscal es un pilar de la política tributaria del Gobierno. Por ello, se van a combatir los nuevos modos y fórmulas de fraude fiscal. Además, el Gobierno va a luchar contra los comportamientos inadecuados de grandes empresas multinacionales y quiere evitar la planificación fiscal abusiva. Además, el Gobierno quiere modernizar el modelo económico y conseguir un sistema fiscal más redistributivo y justo.

La Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal contiene modificaciones de diversas normas y figuras tributarias existentes, tanto para incorporar el Derecho comunitario al ordenamiento interno como para reforzar la lucha contra la elusión fiscal compleja y la economía sumergida.

Control de las criptodivisas

Entre las medidas contempladas, este anteproyecto de Ley establece nuevas obligaciones para obtener información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles.

Así, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones con criptomonedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia). También se establece la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior sobre la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero.

Prohibición del software de ocultación de ventas

Con el objetivo de no permitir la producción y tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de datos contables y de gestión, este anteproyecto establece la prohibición del denominado software de ocultación de ventas, que son programas informáticos que permiten la manipulación de la contabilidad.

El anteproyecto exige que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad de los registros de operaciones. Habilita además la posibilidad de someterlos a certificación por vía reglamentaria y se establece un régimen sancionador específico en los casos de fabricación de estos dispositivos o su tenencia sin la adecuada certificación.

Prohibición de amnistías

Otra medida que contempla este anteproyecto de Ley es la prohibición por ley de amnistías fiscales, es decir, la prohibición de instrumentos extraordinarios de regularización fiscal, impidiendo que haya beneficios tributarios injustificados que suponga una quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de gastos del Estado. Esta medida afectará a grandes fortunas y grandes contribuyentes.

La ministra de Hacienda ha aseverado que una amnistía fiscal “es un agravio para los contribuyentes cumplidores y una derrota del Estado de Bienestar”.

Lucha contra los paraísos fiscales

Este anteproyecto de Ley contempla además la actualización y ampliación del concepto de paraíso fiscal, atendiendo a criterios de equidad fiscal y transparencia. Además, se habilitará al Gobierno para actualizar la lista de paraísos. De esta forma, se incluirán, además de países y territorios como ocurría hasta ahora, regímenes fiscales perjudiciales que faciliten el fraude fiscal.

Asimismo, se incorporarán nuevos motivos para la inclusión en dicha lista de paraísos, como territorios donde exista una baja o nula tributación (hasta ahora sólo se incluía el concepto de nula tributación), territorios donde haya opacidad y falta de transparencia, al no existir un efectivo intercambio de información tributaria con España sobre el titular real de los bienes o derechos; o que se faciliten instrumentos que permiten atraer beneficios sin una actividad económica real en el país.

La lista de paraísos fiscales deberá ser actualizada periódicamente, con un enfoque dinámico.

Endurecimiento de la limitación en efectivo

Otra medida que se contempla en el anteproyecto de Ley es la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasará de 2.500 a 1.000 euros para el supuesto de operaciones entre empresarios. No obstante, se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados por particulares, para evitar el impacto de la modificación en las economías domésticas.

Además, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Ello persigue endurecer el régimen para restringir estas operaciones que, al ser en efectivo, son más difícilmente rastreables y pueden facilitar comportamientos defraudatorios. La modificación de la limitación de los pagos en efectivo se cuantifica en 218 millones de euros.

Ampliación de la lista de morosos

A su vez, se va a introducir modificaciones en el régimen de la lista de morosos, para fomentar el ingreso de deudas por parte de los grandes deudores con la Hacienda Pública. De esta forma, el umbral de deuda que conlleva a la inclusión en la lista baja de un millón a 600.000 euros, una disminución que pretende intensificar el pago de la deuda tributaria.

Asimismo, se incluyen, además de los deudores principales, a los responsables solidarios, de manera que el reproche que implica la aparición en el listado alcance en mayor medida a los verdaderos responsables de las deudas.

La ampliación del listado de deudores se ha evaluado en 110 millones de euros.

Normas antielusión

Entre otras medidas que contempla este anteproyecto de Ley se encuentra la trasposición de la directiva europea antielusión fiscal, conocida como ATAD, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal, que inciden directamente en el mercado interior.

Ello, en el caso de España, implica el fortalecimiento del régimen de Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y de la denominada Imposición de Salida (‘Exit Tax’) para reforzar la tributación en España de rentas que se venían localizando en territorios de baja fiscalidad, y así evitar su deslocalización, y para asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no dejen de tributar por bases imponibles que legalmente deben quedar gravadas en España.

Con la ‘Exit Tax’ se pretende garantizar que, cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento de dicho traslado de activos. Así se consigue que tributen en España las plusvalías generadas cuando una sociedad traslada su residencia fiscal al extranjero.

Además, este anteproyecto de Ley contempla medidas para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario.

Se introducen cambios en el régimen de reducciones aplicable a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos para lograr una mayor simplificación, favorecer el ingreso voluntario y la disminución de dicha litigiosidad.

Incluye asimismo medidas para reforzar el control de los operadores del juego, que deberán colaborar en la lucha contra el fraude, y se combatirá el fraude en las actividades de juego, incluido el fraude que se puede producir en las apuestas deportivas.

Todas estas medidas en su conjunto permitirán unos ingresos de 828 millones de euros.

La ministra de Hacienda ha resaltado que además ya se está trabajando para reforzar la lucha contra el fraude mediante medidas que no necesitan una tramitación legislativa.

En concreto, la Agencia Tributaria va a crear una unidad de control de grandes patrimonios. También se está mejorando las herramientas de análisis de riesgo en la Agencia Tributaria, la obtención de información en fuentes abiertas o el Big Data. “Todo en línea con los que hacen los países con mejores resultados antifraude”, ha resaltado la ministra.

Impuesto sobre Transacciones Financieras

El Consejo de Ministros también ha iniciado el trámite del anteproyecto de ley que contempla la creación del Impuesto sobre Transacciones Financieras para reforzar el principio de equidad del sistema tributario y para contribuir al objetivo de consolidación de las finanzas públicas.

Desde 2013, diez países de la UE están trabajando para la creación de este impuesto común en la Unión. Se considera oportuno implantar a nivel nacional este impuesto, pero sin abandonar el objetivo de establecer un gravamen armonizado a nivel europeo.

La configuración de este impuesto sigue la línea adoptada por países, como Francia o Italia, lo que contribuye a una mayor coordinación de estos gravámenes en el ámbito europeo.

Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición.

Estas operaciones que se someten a tributación no se encontraban sujetas a ningún impuesto en el ámbito de la imposición indirecta, por lo que el establecimiento de este impuesto supone un importante avance en términos de equidad tributaria.

Entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, destacan operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuración empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal.

Este nuevo gravamen tendrá un impacto recaudatorio de 850 millones de euros, que se destinarán a financiar las pensiones y el sistema de protección de la Seguridad Social. Los sujetos pasivos deberán presentar una declaración anual del impuesto.

Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

El Consejo de Ministros también ha tomado razón del anteproyecto de Ley por el que se crea el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, que se enmarca en la reforma fiscal emprendida para adaptar la tributación a los nuevos modelos de negocio digital y adecuarlo a la economía del siglo XXI.

Este anteproyecto de Ley va en línea con la directiva comunitaria propuesta el pasado mes de marzo para gravar esos servicios digitales, de forma que España será el primer país de la UE que se adapta a la estructura prevista por esta propuesta de directiva.

El objetivo de este gravamen de carácter indirecto es propiciar que las empresas tributen allí donde generan beneficios.

Este impuesto, de carácter indirecto, contempla gravar servicios digitales en los que hay una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.

De esta forma, el impuesto no grava los beneficios, sino el valor incorporado a los servicios que se prestan. La recaudación estimada es de 1.200 millones de euros y su liquidación tendrá una periodicidad trimestral.

Este gravamen se crea porque hay ingresos obtenidos en España por grandes empresas internacionales a partir de ciertas actividades digitales que escapan al actual marco fiscal.

Las empresas objeto de este impuesto serán aquellas con un importe neto de su cifra de negocios superior a los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en España. Estos umbrales ayudan a garantizar que sólo se grave a las grandes empresas y que las pymes no estén afectadas por este impuesto.

El impuesto se limita a gravar la prestación de servicios de publicidad en línea; servicios de intermediación en línea; y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.

Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea; y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no actúa como intermediario. Además, se excluyen del impuesto determinados servicios financieros.

El tipo impositivo que se aplicará será del 3%, en línea con la propuesta de la Comisión Europea. Para poder aplicar el impuesto, el usuario de dichos servicios deberá estar situado en territorio español.

Comunicado MINISTERIO DE HACIENDA

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