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Difundimos el texto de la propuesta, publicada en el BOCG, además de hacernos eco de la positiva reacción suscitada por el Presidente de Jdigital, Mikel López de Torre, si bien señala que "sería mejor si (interconectado o no) el registro de interdicción del juego aplicase también a los productos de juego público (ONCE y SELAE)", pero "parece ser que la protección de colectivos vulnerables es un objetivo secundario al esencial, que es defender el oligopolio público"

El GP PSOE insta al Gobierno a impulsar los mecanismos de interconexión automatizada de los Registros de interdicción de Acceso al Juego de ámbito estatal y autonómico

AZARplus

El Boletín de las Cortes Generales (BOCG) ha publicado, con fecha de 10 de septiembre de 2020, la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista relativa a impulsar los mecanismos de interconexión de los registros de interdicción de acceso al juego de ámbito estatal y autonómico, presentada en la Comisión Mixta para el Estudio de los Problemas de las Adicciones.

De acuerdo con la Proposición no de Ley, adoptada el 21 de julio de 2020 y firmada por los diputados Daniel Vicente y Marisol Sánchez, y los portavoces del citado Grupo Parlamentario Susana Ros y Rafael Simancas, “el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar los mecanismos de interconexión automatizada de los registros de interdicción de acceso al juego de ámbito estatal y autonómico, así como a la realización de aquellos desarrollos informáticos necesarios para la implementación de la citada interconexión, con objeto de reforzar el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a que les sea prohibida la participación en las actividades de juego como mecanismo de prevención de la adicción y herramienta para la rehabilitación de aquellas personas que hubieran podido ser afectadas por alteraciones derivadas de la adicción al juego”.

Una propuesta que ha suscitado reacciones como la del Presidente de Jdigital, Mikel López de Torre, quien la ha catalogado como “una medida razonable y efectiva” en su Cuenta de Twitter, que se produce “en medio de un acoso repugnante contra el juego privado apoyado en mentiras interesadas, y plasmado en un despropósito regulatorio preñado de demagogia”.

Según López de Torre, en relación a la propuesta, “sería mejor si (interconectado o no) el registro de interdicción del juego aplicase también a los productos de juego público (ONCE y SELAE). Pero parece ser que la protección de colectivos vulnerables es un objetivo secundario al esencial, que es defender el oligopolio público”.

Volviendo al texto de la PNL, en su Exposición de motivos se señala que “la actividad del juego es la única conocida en la que cualquier usuario puede tomar la decisión de impedir su propio acceso”, y se alude al artículo 6 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, por la que se establece la creación de un Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.

La funcionalidad de dicho Registro también se aborda al señalar que en el mismo “se inscribe la información necesaria para hacer efectivo el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a que les sea prohibida la participación en las actividades de juego en los casos en que sea necesaria la identificación para la participación en las mismas. Asimismo, se inscribe la información relativa a aquellas otras personas que, por resolución judicial, tengan prohibido el acceso al juego o se hallen incapacitadas legalmente”. Añadiendo que dicho Registro consituye una “verdadera salvaguarda e instrumento para la prevención de la adicción al juego y como un elemento fundamental para contribuir a la rehabilitación”.

La variedad de registros y su falta de interonexión se aborda apuntandon que “debido al reparto competencial en materia de juego entre el Estado y las comunidades autónomas, actualmente tenemos en nuestro ordenamiento tanto registros autonómicos como un registro estatal. A grandes rasgos, la autoexclusión de juegos presenciales depende de cada comunidad autónoma, mientras la autoexclusión del juego on-line y, en la medida de que sus normas regulatorias así lo establezcan, de los juegos de carácter reservado (loterías) que se desarrollan de forma presencial, corresponde al Estado.

Ahora bien, todos estos registros no están interconectados entre sí, sino que solamente la inscripción realizada en el registro de la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio Consumo es comunicada al resto de registros autonómicos. En cambio, si la persona se inscribe en uno de los registros autonómicos, solamente estará inscrita en dicho registro y, por lo tanto, podrá acceder y participar en los locales de juego de las demás comunidades autónomas”.

Al respecto, también se señala que “para ampliar la eficacia de los citados registros, la normativa vigente prevé un mecanismo de coordinación de los denominados «registros de prohibidos». El artículo 62 del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, señala que la Comisión Nacional de Juego, en el marco que se fije en el Consejo de Políticas de Juego, alcanzará convenios con las distintas comunidades autónomas para la determinación del procedimiento de Inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de los datos contenidos en los registros autonómicos, la agilización de los procesos de comunicación de datos y, en su caso, la interconexión de los registros de interdicciones de acceso al juego”.

Finalmente, la Exposición de motivos concluye que “esta coordinación o interconexión entre los registros autonómicos y el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego es una herramienta fundamental de prevención de la ludopatía y otros hábitos y conductas patológicas derivadas del juego, ya que contribuye a disminuir las consecuencias que de estas conductas se derivan para el individuo, para sus familias y para la propia sociedad”.

VER TUITS DE MIKEL LÓPEZ DE TORRE

1 Comentario

  1. Cuidado con esto, me da que es parte de la estrategia para empezar a meterse poco a poco en las, Competencias Autonómicas.
    Empiezan así , con algo coherente, y terminara queriendo cerrar por activa o por pasiva nuestros locales.
    No son de fiar.

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