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Magnífico y esclarecedor artículo de opinión, para todos los lectores de AZARplus, del Socio Fundador de Loyra Abogados

“El pódium de Garzón” por Carlos Lalanda

Carlos Lalanda

En un reciente Informe de la Web “ USA-Casino.com” , se hace una pedagógica síntesis de las sanciones impuestas por los reguladores de los juegos a lo largo de todo el mundo, sobre todo del anglosajón, destacando las multimillonarias multas aplicadas durante el pasado año en jurisdicciones como USA, Reino Unido, Canadá, Australia y también Suecia y Países Bajos.

Este Informe se fundamenta en datos fácilmente constatables a través de las periódicas informaciones de las entidades reguladoras, en el ejercicio de una transparencia, que las hacen públicas en un ejercicio de público conocimiento

En particular, y soportado por tablas y referencias, incluye como destacadas las multas impuestas en Australia a Star Entertainment Group por 100 Millones $AU ( unos 48 Millones $ USA) ; y en Reino Unido por la UKGC (Comisión del Juego Reino Unido) a Entain (un grupo con marcas conocidas como Bwin, Ladbrokes Partypoker, etc.) por 17 M. £ (21 M. $ USA), suma todas las del Reino Unido en 45 M. £(48 M $) en 2022 y las de las jurisdicciones citadas en 264.578.390 $ USA. La mayoría de ellas se impusieron por fallos operacionales en cuanto al cumplimiento de normas de protección de jugadores, ofertas no autorizadas o excesivas, o incumplimientos de las obligaciones de lucha antiblanqueo, y otras que se enmarcan en la exigida responsabilidad social de los operadores.

Aunque es loable el ejercicio de concisión, y que seguramente se habrá dejado alguna en el tintero, nos podemos hacer una idea de por dónde van los vientos sancionadores en el mundo. Pero ¿qué pasa en España?

La actividad sancionadora en España en materia de juego estatal

Con independencia de la intervención de los juegos presenciales que son de competencia autonómica, podemos fijar la atención en los de ámbito estatal, sobre todo en los juegos online controlados e intervenidos por la Dirección General de Ordenación del Juego, hoy en el Ministerio de Consumo.

Desde hace casi dos años que esta obligación informativa se impuso a través de la Ley 11/2021 que obliga a publicar las sanciones impuestas por la DGOJ o el Ministerio correspondiente, a causa de infracciones graves y muy graves. Es cierto que esta medida ya estaba proyectada con el Gobierno popular anterior, e incluso remitida al Parlamento para su tramitación, pero finalmente se aprobó con el nuevo Gobierno y ahora está siendo cumplimentada bajo el Ministerio de Consumo en el que recae la intervención y control del juego de ámbito estatal, y significativamente el juego online. Así que la gestión es suya.

Pues bien, por el regulador español, y en su ejecución, ya dirigida por  Administración de Garzón, se han publicado las cifras de las diferentes sanciones impuestas y firmes en 2021 y 2022, dando como resultado, según una última Nota del Ministerio una cifra de 58 Millones € en el 2º semestre de 2021, y de 84,3 M. € en el 1er sem. 2022 o sea, 142 M.€  (142 M $ USA aprox.) en un año completo (enlace al listado de todas ellas en la Web DGOJ.).

Hay que reseñar que comparativamente con las citadas jurisdicciones del Informe comentado, que son las mayores y más fiables, la posición del regulador español es la primera o segunda en importancia en términos comparativos anuales, aunque habría que otorgarle la primera posición también si hacemos la comparativa en términos porcentuales sobre población total, población total jugadora, o incluso sobre volumen de apuestas.

Así que hay que reconocer a priori, a la Administración de Garzón, a la DGOJ, que ha logrado estar en lo más alto del pódium simbólico de esta particular eficacia sancionadora.

Matización necesaria.

Sin embargo, hay que descender a los detalles para llegar a otra conclusión adicional distinta. En su ejercicio sancionador y controlador, las Administraciones señaladas en el Informe, parecen haber sancionado, y multado fuertemente, a operadores de juego muy conocidos y de probada solvencia, por un elenco de infracciones que normalmente constituyen “fallos operacionales” en el ejercicio de sus actividades y se comprometen a subsanar a futuro; y en muchos casos la actuación termina con la aceptación del pago de las multas.

En las resoluciones españolas que imponen las millonarias sanciones la acción se dirige en su gran mayoría contra entidades operadoras online que carecen de licencia española, pero que, a su vez, residen en paraísos fiscales, por ello ni siquiera contestan con alegaciones ni dan por recibida formalmente las imputaciones;  y lo que es más evidente, carecen de solvencia o patrimonio sobre el que ejecutar y recaudar la multa impuesta. Así que por un lado es cierto que se ordena a los proveedores nacionales de telecomunicación bloquear sus dominios, y que al menos dejarán de ofertar juego ilegal, pero en estos casos nunca se logrará ingresar ni un euro de la multa impuesta. Esto se extiende a la gran mayoría de los casos totales reportados.

Las demás sanciones, estas sí referidas a operadores licenciados en España, y con fianza de respaldo, apenas suponen un millón de euros, pues también en este capítulo una gran parte de las infracciones graves se resuelven con la curiosa sanción, prevista legalmente, de “apercibimiento escrito”.

Así que, por el contrario, y en este concreto capítulo,  Garzón no llega siquiera al escalón más bajo del simbólico “pódium recaudatorio”.

Madrid,12 de Enero de 2022

Carlos Lalanda

Socio Fundador LOYRA ABOGADOS

VER AZAplus 21/11/22.- ¿ES HONESTO EL MINISTERIO DE CONSUMO AL OFRECER LOS DATOS DE LAS SANCIONES A LOS OPERADORES DE JUEGO ONLINE MEZCLANDO WEBS LEGALES E ILEGALES?

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