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En los documentos relativos a sus Memorias, adjuntados en pdf (en gallego), se afirma también que "las previsiones para el próximo año estarán dirigidas a la aplicación y desarrollo de la nueva Ley del Juego mediante la creación del Observatorio de Xogo de Galicia, la implementación de políticas de prevención, la adecuación y actualización de todas las regulaciones que rigen los juegos correspondientes"

El PdL de los PG de Galicia 2021 menciona la futura Ley del Juego y la aprobación de un reglamento de publicidad del Juego para la competición regional

AZARplus

Son numerosas las alusiones al Juego del texto del Proyecto de Ley de los Presupuestos 2021 de Galicia, presentado por la Xunta, así como de su Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, cuestiones sobre las que también informamos hoy. En esta información, en concreto, nos centramos en diferentes menciones al Juego en algunos de los tomos de sus Memorias, cuyo interés justifica su tratamiento por separado.

En el Tomo II, volumen 1 de la Memoria adjuntada, dentro del epígrafe relativo a la Dirección General de Emergencias e Interior (pág. 5 del pdf adjuntado) se hace alusión a “la tramitación de expedientes administrativos sobre casinos, juegos y apuestas cuya autorización corresponde a esta dirección general; la ejecución de las directrices que se le indiquen en relación a los diferentes sectores del juego y la elaboración de los correspondientes estudios, informes y primeros borradores de disposiciones generales en la materia, así como para la recolección de la información estadísticas de las empresas correspondientes en coordinación con la Secretaría Técnica General”.

Dentro de las principales líneas de acción de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo encontramos una alusión a la futura Ley del Juego: “Finalmente, Galicia contará con una nueva Ley del Juego en 2021. Entre las novedades del Ley, el nuevo texto incluirá la limitación del número de salas de juego y locales de apuestas que si se pueden instalar en Galicia, también limitará la flota de máquinas recreativas y de apuestas, ampliará las distancias entre los establecimientos de juego, regulará la publicidad y actualizará el régimen sancionador”.

En otro de los puntos de dicho documento, se detallan las áreas y líneas de acción a las que orienta sus acciones la Dirección General de Emergencias e Interior, y en cuanto al Juego se apunta que “las previsiones para el próximo año estarán dirigidas a la aplicación y desarrollo de la nueva Ley del Juego mediante la creación del Observatorio de Xogo de Galicia, la implementación de políticas de prevención, la adecuación y actualización de todas las regulaciones que rigen los juegos correspondientes y la aprobación de un reglamento publicidad específica en el ámbito del juego de competición regional”.

En este mismo pdf se hace una mención al Juego en el epígrafe dedicado a la Fundación Galicia Europa, perteneciente al Sector Público Autonómico, cuyo fin es, entre otros, defender los intereses gallegos ante la Unión Europea. En cuanto al Juego, se menciona el “apoyo a la participación de la Xunta de Galicia en el Consejo del Juego de la UE durante el primer semestre para garantizar una coordinación eficaz de las comunidades autónomas”.

Por “la adaptación de la normativa gallega del juego a la realidad actual del sector del juego en España, con las actualizaciones que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del sector y la garantía de los derechos de los consumidores y usuarios.”

El mismo pdf se refiere al PROGRAMA 212A – PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, en cuyo desarrollo encontramos varias alusiones al Juego. Por un lado, se abordan las prioridades de actuación del mismo, a través de la Dirección General de Emergencias e Interior, de la AXEGA y la AGASP, “atendiendo la problemática observada hasta el momento presente, tanto en las emergencias producidas en la comunidad, como ante la dispersión de la población y la población”, y apuntando que el objetivo estratégico del programa, son básicamente, entre otros: “la adaptación de la normativa gallega del juego a la realidad actual del sector del juego en España, con las actualizaciones que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del sector y la garantía de los derechos de los consumidores y usuarios”.

Por último, en este mismo programa encontramos, dentro del detalle de la situación de partida en relación al área de la Policía que “actualmente, el trabajo de la Unidad de Policía Adjunta cubre áreas importantes para la vida diaria de los ciudadanos, en materia de menores, juego, lucha contra la caza furtiva e incendios forestales, gestión del territorio o la intervención ante los casos de violencia de género”.

Por otra parte, encontramos nuevas alusiones al Juego en la Memoria, Tomo II, volumen 3, que también adjuntamos en pdf, dentro de las principales líneas de acción de la Consellería de Sanidad, cuando se refiere, en uno de sus puntos, a que “se promoverá la prevención de adicciones en la juventud, renovando la normativa vigente en materia de prevención del consumo de alcohol en menores e incorporando legislación específica sobre prevención del tabaquismo en este mismo grupo.

Al mismo tiempo, se mantendrán los restantes programas de prevención de trastornos adictivos, actualizándolos para abordar también comportamientos adictivos relacionados con los videojuegos o el juego y las apuestas por internet”.

Entre los principales problemas o carencias que se tienen que afrontar, según el documento, se encuentra la actuación “sobre los problemas de salud causados por el alcohol y otros consumos adicciones sin sustancia (uso problemático de nuevas tecnologías y prácticas de juego) en menores”.

Por otra parte, en el Tomo I de la Memoria encontramos una somera alusión a los tributos sobre el Juego, contextualizados en el conjunto de impuestos que determinan la capacidad tributaria de dicha autonomía (pág. 36 del pdf) además de concretarse la previsión de ingresos derivados de impuestos indirectos, que se sitúa globalmente en 3.637,9 para el ejercicio 2021, y que supone una disminución con respecto al año anterior. Con respecto a las Tasas fiscales sobre el Juego, la estimación es de 48.041, mientras en 2020 era un casi un 10 por ciento superior, tal y como refleja la siguiente tabla (en miles de euros), en la que también se incluyen los Impuestos sobre actividades de Juego, con un total de 8.708 en 2021, un 3,8 por ciento menos que el ejercicio anterior.

Presupuestos

Sobre los impuestos sobre el Juego, se apunta que se incluyen las tarifas de impuestos sobre el juego (TFX), que se ajustan a la realidad de la evolución del Sector del juego, con una recogida planificada de 48 millones de euros, una cifra inferior a la presupuestada para el año 2020, como “consecuencia de la caída producida en todo el sector del juego presencial por el impacto de medidas restrictivas extraordinarias para abordar la crisis de salud producida por el SARS-CoV-2 y también impacta el crédito fiscal aprobado para mitigar los efectos que tuvo en el sector del juego el cese forzoso de su actividad durante el estado de alarma declarado en marzo de 2020 y las restricciones al desarrollo de su actividad en el período posterior a su prospección”.

Por otro lado, se alude a la inclusión de la recaudación prevista, de 8,4 millones de euros, por el Impuesto Actividades de juego, que incluye las realizadas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivo y en el que los medios presenciales deben ser auxiliares, según establece la Ley 13/2011, de 27 de mayo, reguladora del juego, y que debe recibir trimestralmente la Comunidad Autónoma. Una cifra que supone una disminución del 3.4 por ciento con respecto al presupuesto 2020, ya que, aunque la incidencia fue mucho menor que en el Juego Presencial, el Covid-19 “también impactó en el juego electrónico, en el que tienen una gran preponderancia las apuestas deportivas, que disminuyeron como consecuencia de la suspensión del encuentro deportivo”.

En cuanto a las Tasas fiscales sobre el Juego se señala que “de las exenciones establecidas solo dos responden al concepto de beneficio fiscal al que nos hemos referido y cabe destacar que en el caso de las tómbolas diocesanas no hay datos para contrastar y que en el caso de la Cruz Roja, esta entidad tiene sorteos a nivel estatal, por lo que no estaría gravada en la Comunidad Autónoma de Galicia”. Con respecto a los Juegos de Azar, “debemos tener en cuenta que existen medidas que responden a criterios técnicos y que, por tanto, suponen su exclusión del concepto de beneficio fiscal. En este caso son la única exención en la tarifa y una nueva reducción en la tarifa trimestral fijo aplicable a máquinas para casos de inactividad forzada del desarrollo del juego.

Este año, la ley de medidas prevé la aplicación de exenciones fiscales para esta tasa, motivada por la pandemia causada por el SARS-CoV-2 que resultó en el cierre del local donde se desarrolla la actividad del juego registrada por esta tasa y el establecimiento de una serie de restricciones al abrirse que afectaron negativamente la actividad desarrollada del juego.

La valoración económica de estas medidas supone una disminución de los ingresos comunitarios Autonómicas, cuyo impacto recaudatorio asciende a 3.665.000 €”.

Por último, en otro de los párrafos se alude a los beneficios fiscales al Juego, apuntando que “la estructura de esta ley se divide en dos títulos: el primero dedicado a las medidas fiscales y en segundo lugar, a los de carácter administrativo. El título I, relativo a las medidas fiscales, se divide en dos capítulos.

El capítulo I introduce medidas sobre impuestos asignados. Así, en relación a las tarifas en Juegos de Azar, en las modalidades de casinos, máquinas o dispositivos automáticos y bingo, se establecen bonificaciones aplicables en este homenaje para paliar los efectos que tuvo en el año 2020 la pandemia provocada por el SARS-CoV-2.

Ante esta situación, es necesario establecer un beneficio fiscal que contribuya a la situación que se genera en este sector. El beneficio fiscal establecido se calcula de forma homogénea sobre el impuesto

devengado en el año 2020 y se aplicará inmediatamente en el año 2021, una vez entre en vigor esta ley y con las primeras autoliquidaciones a presentar por los contribuyentes afectados”.

Presupuestos

VER AZARplus DE HOY.- GALICIA contempla la BONIFICACIÓN de la TASA de JUEGO en su Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas

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