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De acuerdo con LOYRA ABOGADOS, prestigioso Bufete que actualmente está "realizando un análisis para profundizar en las interesantes consecuencias jurídicas que estas dos sentencias tan recientes van a tener para el sector del juego tanto presencial como online”, calificándolas de "‘terremoto' para nuestro sector"

El Tribunal Supremo declara, en dos sentencias, que la prohibición del Juego Online anterior a la Ley 13/2011 era contraria al derecho comunitario

AZARplus

El Tribunal Supremo ha declarado en dos sentencias que difundimos al pie de la información que el Juego Online estaba prohibido en España antes de la promulgación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, informa LOYRA ABOGADOS, el prestigioso Despacho especialista en Derecho de los Sectores Regulados, entre ellos el relativo a los Juegos de Azar.

“Sin embargo, dicha prohibición, sin haberse planteado cuestión prejudicial por considerarse ‘acto claro’ (lo cual tiene múltiples matices), era contraria a las disposiciones y libertades proclamadas por el artículo 56 del TFUE, que podían ser invocadas por operadores intracomunitarios (no así por los no comunitarios)”, prosigue la misma fuente. Además de señalar que “estas sentencias abren un complejo debate para las empresas que, confiando en el marco regulatorio español que contenía una clara prohibición, tomaron la decisión de no operar en España hasta obtener la preceptiva licencia”.

Según LOYRA ABOGADOS, es importante tener en cuenta que “son múltiples las ramificaciones que existen: responsabilidad patrimonial y otras vías que, recomendamos, sean estudiadas con la profundidad que amerita este ‘terremoto’ para nuestro sector. Terremoto que llega ocho años después de otorgarse las primeras licencias”. Por otra parte, especifican que el debate se amplía a otras jurisdicciones, estimando que, de forma concreta, “tiene un interesante ángulo de acción con la Comisión Europea, la cual, ha llevado a España al Tribunal de Luxemburgo precisamente por las restricciones que pesan sobre el régimen de responsabilidad patrimonial”.

“Desde LOYRA estamos realizando un análisis para profundizar en las interesantes consecuencias jurídicas que estas dos sentencias tan recientes van a tener para el sector del juego tanto presencial como online”, concluyen. Por lo tanto, no se separen de la pantalla porque seguiremos informando…

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