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Una sentencia, de la que se hace eco El Economista, que choca frontalmente con la jurisprudencia existente sobre la materia encabezada por las indicaciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

El TSJ de Castilla-La Mancha, pese a que las competencias son de la Comunidad, determina que los Ayuntamientos pueden modificar la distancia de los establecimientos de Juego

AZARplus

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha determinado, según El Economista, que los Ayuntamientos pueden establecer distancias mínimas entre los establecimientos de Juego y los centros escolares, así como entre los propios locales, pese a que las competencias son de la Comunidad Autónoma.

AESCAM recurría la aprobación de la modificación del Plan de Ordenación Municial (POM) por parte del Ayuntamiento de Talavera de la Reina en Toledo, por el cual se introducía la necesidad de incluir una distancia mínima de 300 metros entre establecimientos de Juego y centros escolares.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha determinado, según el citado medio, que el POM no regula, ordena o planifica el Juego, limitándose a establecer los lugares de posible implantación de locales de Juego en la ciudad, “sin arrogarse competencia alguna correspondiente al Ejecutivo de la Comunidad Autónoma”.

Una sentencia que se apoya en que el derecho del Artículo 38 de la Constitución en relación a la libertad de empresa, “no es el de acometer cualquier empresa, sino el de iniciar y sostener en libertad de actividad empresarial, cuyo ejercicio está disciplinado por normas de muy distinto orden”, por lo que no existe “un derecho absoluto de libertad de empresa”, y que por lo tanto la intervención por parte de las Administraciones municipales están justificadas, manifiestan desde El Economista.

Una sentencia que sorprende notablemente, sobre todo cuando ya hay jurisprudencia que hace valer las competencias autonómincas en materia de Juego como ya ha sucedido en Andalucía, cuyo Tribunal Superior de Justicia ha determinado que son las Comunidades únicamente quienes tienen la potestad sobre este tipo de intervenciones y controles, como sucedió con el ejemplo del Ayuntamiento de Cádiz y su intento de aprobar una moratoria en la concesión de licencias para Salones de Juego.

VER EL ECONOMISTA

VER AZARplus 04/02/21.- El Gobierno de Andalucía impugnará las aberraciones jurídicas de todos los Ayuntamientos que vulneren sus competencias exclusivas sobre el Juego privado

VER AZARplus 26/03/21.- El TSJA tumba la moratoria de licencias para Salones de Juego aprobada por el Ayuntamiento de Cádiz

VER AZARplus 20/04/22.- El Ayuntamiento de Málaga recula en su intento de regular las distancias para lamento de Garzón

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