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El Consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid firmó un escrito remitido al Sector en el que anuncia esta medida como parte del compromiso de la Comunidad para ayudar a reactivar la economía de todo el tejido empresarial madrileño

Enrique López cumple su palabra y el BOCM publica el acuerdo para la “suspensión temporal de las autorizaciones de las Máquinas Recreativas y Juego”

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Enrique López, Consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, remitió una carta al Sector en la que mostraba su “preocupación por la viabilidad de sus empresas y el mantenimiento del empleo” y aseguraba el compromiso de la Comunidad en “adoptar medidas que ayuden a reactivar la actividad a todo el tejido económico y productivo madrileño“. Por ello, anunciaba en esta misiva, que ofrecemos al final de esta información en formato pdf a todos nuestros lectores, que “la Consejería que dirijo ha dictado una resolución para suspender las autorizaciones de explotación de las Máquinas de Juego, desde la declaración del Estado de Alarma hasta su finalización“. De esta forma, cumpliendo con su palabra y demostrando una vez más su altura política, el BOCM publica hoy la “RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2020, del Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se acuerda la suspensión temporal de las autorizaciones de explotación de máquinas recreativas y de juego en la Comunidad de Madrid“. 

El acuerdo queda expresado en estos términos dentro del texto oficial publicado hoy en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que al final de esta información ofrecemos completo en pdf listo para su descarga:

1. La suspensión temporal de las autorizaciones de explotación de todas las máquinas recreativas y de juego tipos B, C y D que se encuentran en situación de activo a la presente fecha, desde el día 14 de marzo de 2020, fecha de la declaración del estado de alarma, hasta la finalización de dicho estado.

2. Se procederá a dar de alta al día siguiente al de finalización del estado de alarma, de manera automática y sin necesidad de solicitud individualizada por parte de las empresas, a todas las autorizaciones de explotación de máquinas afectadas por esta medida de suspensión temporal, salvo expresa e individualizada manifestación en contrario por parte de las empresas titulares de dichas autorizaciones de explotación.

VER CARTA ENRIQUE LÓPEZ, CONSEJERO DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

VER BOCM

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