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Tras su publicación ayer en el BOJA, en la que se relega la publicidad de Juegos de Azar y Apuestas a horario de madrugada, así como la emisión de programas de esta temática

Hoy entra en vigor la Ley Audiovisual de Andalucía

AZARplus

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado con fecha de ayer, 16 de octubre, la aprobación del Parlamento de la Ley Audiovisual de Andalucía, en virtud de cuyo artículo 32. “Normas de programación y limitaciones de las comunicaciones comerciales”, se recoge que la programación de las personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual autonómicos o locales en Andalucía, así como sus espacios de autopromoción, deberán ajustarse a las normas que se enumeran a continuación, sin perjuicio de las establecidas en la legislación estatal básica. En lo relativo al Juego, el apartado d) reza del siguiente modo: “Restringir solo a la franja horaria entre la 1:00 y las 5:00 horas la emisión de los programas dedicados a juegos de azar y apuestas y aquellos relacionados con el esoterismo y la paraciencia, así como las comunicaciones comerciales sobre estas materias. En todo caso, las personas prestadoras del servicio de comunicación audiovisual tendrán responsabilidad solidaria sobre los fraudes que se puedan producir a través de estos programas”.

Asimismo, según su artículo 41. “Publicidad y protecciones específicas”, apartado a), no podrán emitirse las comunicaciones comerciales que promocione Juegos de Azar y Apuestas, ni las relacionadas con esoterismo y la paraciencia. Por lo tanto, esta se prohíbe en horarios protegidos. La Ley entra en vigor hoy, miércoles 17 de octubre, un día después de su publicación. A continuación, difundimos para su descarga en pdf el documento publicado en el BOJA.

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