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En el recurso, por otra parte, también se especifica que el Defensor del Pueblo, a propuesta de la asociación de clubes Proliga, instó el pasado 17 de julio a que la Secretaría General de Consumo y Juego de dicha cartera a ejecutar "sus deberes legales de dar cumplimiento sin demoras" a dicho mandato normativo

La Audiencia Nacional admite a trámite un recurso interpuesto por la Sociedad Deportiva Villaverde por la “inacción” del Ministerio de Consumo para desarrollar la Ley del Juego

AZARplus

El retorno al deporte se encuentra en la palestra informativa, desde que la Audiencia Nacional haya admitido a trámite el recurso interpuesto por el Villaverde, un club de fútbol madrileño del distrito del mismo nombre, en el que exige al Ministerio de Consumo que los equipos modestos reciban un porcentaje de los ingresos obtenidos por las Apuestas Deportivas, como prevé la Ley del Juego de 2011.

Un primer paso dado en los tribunales, que ya ha recibido una respuesta por parte del Ministerio de Consumo, publica El Confidencial, ofreciendo información de interés sobre los planes del Gobierno acerca del próximo desarrollo de dicha Ley en este aspecto. Hasta entonces, según reflejan los impulsores de la demanda en esta, no obtuvieron respuesta del Ministerio, ante lo que la Sociedad deportiva Villaverde requirió por escrito el pasado 11 de noviembre a la Secretaría General de Consumo y Juego en este sentido, también sin respuesta, indican. Si bien desde Consumo aseguran que sí respondieron a los demandantes y que el recurso no era necesario, asegura el medio.

El recurso, presentado el 24 de noviembre por dicho Club junto con el que fuera precandidato a la Presidencia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y propietario del centro de formación de entrenadores Cenafe, Miguel Ángel Galán, argumentó que que existía pasividad solicitaron el pasado 24 de noviembre que la Audiencia Nacional tomara partido ante la pasividad que a su juicio existía en el Ministerio de Consumo para dar cumplimiento a lo que establece la Ley 13/2011 de regulación del juego, que en su disposición adicional sexta especifica que un reglamento fijará el importe que retornará al deporte y en qué términos lo hará. En concreto, dicho texto normativo, tal y como hacen constar los demandantes en su recurso, siempre según el mismo medio, autoriza al Gobierno “a adoptar a propuesta del Ministerio de Hacienda en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley cuantas disposiciones sean necesarias” para su desarrollo.

De seguir prosperando el recurso, -la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal debe decidir si es pertinente dar curso a esta reclamación y en qué términos – los demandantes tendrán que determinar cuándo dinero consideran que deberían abonar al fútbol modesto las Casas de Apuestas al fútbol, cifra que Galán opina que debe cobrarse con carácter retroactivo, y que ha estimado en torno a los 150.000 euros para cada club de Segunda B y de tercera división, aunque planean realizar un informe pericial que determine la cantidad exacta. Es decir, pedirían esa cantidad, o la que se concluyera, para los 466 clubes de las dos divisiones para los diez últimos años.

En el recurso, por otra parte, también se especifica que el Defensor del Pueblo, a propuesta de la asociación de clubes Proliga, instó el pasado 17 de julio a que la Secretaría General de Consumo y Juego de dicha cartera a ejecutar “sus deberes legales de dar cumplimiento sin demoras” a dicho mandato normativo.

Desde el Ministerio de Consumo explican que  tendrán preparado un borrador del Real Decreto en 15 días. En concreto, señalan que están dando los pasos necesarios para iniciar los trámites administrativos que permitan comenzar a redactarlo, y que ya han elevado a consulta pública el desarrollo del artículo ocho de la ley y de la disposición adicional sexta, a cuyo mandato debe darse cumplimiento.

Desde el Ministerio de Consumo señalan, de acuerdo con la información, que han desarrollado el artículo siete referido a la publicidad de las Casas de Apuestas y que es ahora cuando se disponen a abordar el mencionado ocho la citada disposición adicional. Y que el dinero procederá del Impuesto sobre las actividades de Juego,  cedido a la autonomías.

Por otro lado, en la respuesta que la DGOJ ha remitido a Miguel Galán sobre el particular, según publica iusport.com, se especifica que “la cuestión debería abordarse, en su caso, dentro del conjunto de medidas que reconfiguren el marco tributario del sector, lo cual afecta a una pluralidad de esferas administrativas. En consecuencia, teniendo en cuenta la pluralidad de intereses, y por ende, de esferas administrativas afectadas, no es factible concretar, en estos momentos, un cronograma temporal especialmente detallado para el desarrollo específico de la disposición referida”, lo cual no significa que no vayan a llevarla a término “lo antes posible”. A continuación, difundimos la respuesta completa:

“Mediante este escrito, se da una respuesta a su reclamación, formulada en representación del Club de Fútbol S.A.D. Villaverde San Andrés, de Tercera División de Categoría Nacional, remitida el pasado 11 de noviembre.

En relación con dicha reclamación, hemos de señalarle que es intención del Ministerio de Consumo liderar, de la mano del Ministerio de Hacienda y otros entes involucrados, del lado del Gobierno del Estado, un conjunto de iniciativas destinadas a revisar el marco impositivo de los operadores de juego para asegurar la actualización y optimización de los parámetros de retorno económico a la sociedad de esta clase de actividades.

Dentro de esta iniciativa se encuentra el llamado retorno al deporte, cuyo desarrollo reglamentario se ha previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, y para efectuar el cual ya se está estudiando detalladamente el marco regulatorio necesario y su adecuado encaje con el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas. En todo caso, este desarrollo exige, como ya se ha señalado, la necesaria coordinación entre el Ministerio de Consumo y el Ministerio de Hacienda.

Sin embargo, teniendo en cuenta que la cuestión del retorno al Deporte, relacionado con la recaudación obtenida de las apuestas, se engloba dentro del conjunto de parámetros de retorno económico y contribución a la sociedad derivados de la actividad de juego, bien sea en términos tributarios o mediante otras figuras que permitan dicha transferencia de renta entre sectores de actividad, la cuestión debería abordarse, en su caso, dentro del conjunto de medidas que reconfiguren el marco tributario del sector, lo cual afecta a una pluralidad de esferas administrativas.

En consecuencia, teniendo en cuenta la pluralidad de intereses, y por ende, de esferas administrativas afectadas, no es factible concretar, en estos momentos, un cronograma temporal especialmente detallado para el desarrollo específico de la disposición referida, sin que ello comporte, de ningún modo, renunciar al compromiso de este departamento ministerial de continuar impulsando esta cuestión para poder llevarla a término lo antes posible.

Le saluda atentamente”.

VER ELCONFIDENCIAL.COM

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