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El Consejero González Gago muestra públicamente su satisfacción por la desestimación de los primeros recursos

La Junta de Castilla y León se congratula de no tener que indemnizar al Sector por las restricciones Covid

AZARplus

El Consejero de la Presidencia de Castilla y León, Luis Miguel González Gago, ha expresado su satisfacción por la desestimación de los primeros recursos que buscaban atribuir responsabilidad patrimonial tanto al Estado, por la declaración del estado de alarma, como a la Comunidad de Castilla y León, por las medidas implementadas. Según Gago, la respuesta dada fue “adecuada en consideración, teniendo en cuenta el grado de incertidumbre existente en aquel entonces”.

El Tribunal Supremo respalda la posición de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León al considerar que las restricciones establecidas por la normativa estatal y autonómica, dirigidas a algunos establecimientos para frenar la propagación de la pandemia, fueron “necesarias, proporcionadas y apropiadas dada la gravedad de la situación”. Además, estas restricciones afectaron de manera generalizada, por lo que el Tribunal concluye que no generan derecho a indemnización por posibles perjuicios.

La sentencia reconoce que las medidas adoptadas se ajustaban a la Ley General de Salud Pública, que excluye la obligación de la Administración de indemnizar los gastos derivados de medidas destinadas a preservar la salud pública. La resolución judicial destaca que las partes demandantes no han demostrado que las medidas carezcan de justificación, idoneidad y razonabilidad, especialmente exigible en casos donde la salud humana está en riesgo, según el principio de precaución del Derecho de la Unión Europea.

El Tribunal concluye que no se trata de una privación singular de bienes o derechos, sino de restricciones temporales y generales en el ejercicio de ciertos derechos, establecidas a través de normas jurídicas de obligado cumplimiento, con el fin de preservar la salud y la vida de los ciudadanos.

La sentencia argumenta que la actividad de la Administración no vulneró principios fundamentales como confianza legítima, eficacia, seguridad jurídica, proporcionalidad, motivación y buena regulación.

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