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Ofrecemos los pdfs que componen el texto legislativo, en el que se refleja, entre otros datos, el incremento de las tasas sobre el Juego a las Máquinas Recreativas, o que los Tributos sobre el Juego alcanzan los 64.904.605 millones de euros, y 59.274.939 millones las Tasas sobre el Juego

Resumimos la información sobre Juego del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Canarias 2020

AZARplus

A continuación, hacemos un repaso de los aspectos relativos al Juego contenidos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que ascienden a un total de 9.569.647.526 euros, aumentando un 8,7 por ciento con respecto al actual ejercicio.

En el Preámbulo, se señala que se incrementan las tasas sobre el Juego a las Máquinas Recreativas (pág. 6 del pdf sobre el Texto Articulado), además de rezar lo siguiente sobre las disposiciones transitorias dedicadas a los procedimientos en materia de Juego, entre otras:

“Tras las disposiciones transitorias dedicadas a la indemnización por residencia, a la declaración de servicio de interés económico general de la difusión de la televisión digital terrestre, al régimen aplicable en los supuestos de inexistencia o agotamiento de listas de empleo para la selección temporal de personal estatutario y a los procedimientos en materia de juego, se contempla en la disposición derogatoria única la derogación de varios preceptos de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019″.

Dentro del apartado dedicado a las Disposiciones transitorias (pág. 59), sección Cuarta, Procedimientos en tramitación en materia de juego, se especifica (págs. 39 a 61 del mismo pdf):

“1. Los procedimientos en tramitación seguirán rigiéndose por la normativa precedente, a menos que el solicitante o su causahabiente opte por la presentación de declaración responsable para el mismo objeto, en cuyo caso se archivará el procedimiento en curso. Si taldeclaración responsable se presentara en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente ley, tendrá la antigüedad que corresponda a la fecha de inicio del procedimiento precedente sobre el mismo objeto.

  1. El régimen de distancias a centros de enseñanza y de atención a menores aplicable a los procedimientos a que se refiere el apartado anterior será el establecido reglamentariamente, pero en relación exclusiva a los establecimientos señalados en el artículo 11.7 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de Juegos y Apuestas de Canarias, en su redacción operada por la presente ley. 3. Hasta tanto se desarrollen reglamentariamente los modelos y requisitos para ello, las declaraciones que hayan de presentarse por los interesados para la instalación, apertura y puesta en funcionamiento, y modificación de establecimientos de juegos y apuestas, consistirán en la declaración responsable y por escrito de que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para dicha instalación y/o apertura proyectadas y para ser titular de los mismos, con identificación de la previa y preceptiva inscripción del declarante en el correspondiente Registro de Juegos que le habilite para ello, y acompañada de los siguientes documentos: 
  2. A) En caso de declaración responsable para la instalación: 

1) Proyecto básico de las obras e instalaciones del local, redactado por técnico competente, visado cuando fuere exigible por el colegio profesional correspondiente, y que deberá incluir, al menos: 

2) Plano de situación del local y documento acreditativo de la disponibilidad jurídica del establecimiento. 

3) Plano o planos de planta del local a escala 1/100. 

4) Memoria descriptiva de las instalaciones donde se justifique expresamente, por el técnico competente, el cumplimiento de: a) las condiciones técnicas contenidas en la reglamentación correspondiente al tipo de establecimiento, en la que se especifique el número de máquinas a instalar y tipología de las mismas, en su caso; b) la adecuación de la actividad proyectada a los usos previstos en el planeamiento, a la normativa sectorial y a las ordenanzas municipales aplicables a la misma. 

5) Declaración responsable del solicitante respecto a que el establecimiento no se encuentra incluido dentro de zonas de exclusión previstas en el artículo 11.7 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de Juegos y Apuestas de Canarias, en su redacción operada por la presente ley, acompañada de informe emitido por técnico competente acreditativo de tal extremo y de un plano de localización del establecimiento proyectado. 

6) En caso de edificios ya construidos, documentación acreditativa de la licencia o comunicación previa de primera ocupación exigible para la ocupación del establecimiento. 

7) En caso de edificaciones preexistentes realizadas sin título habilitante preceptivo en situación de fuera de ordenación, documento acreditativo de la seguridad estructural del inmueble, en los términos establecidos en la normativa sobre actividades clasificadas para tales supuestos. 

8) El justificante del abono de la tasa por servicios administrativos. 

9) El justificante de constitución previa de la fianza prevista en el artículo 23.4 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de Juegos y Apuestas de Canarias, en su redacción operada por la presente ley, por un importe de 6.000 euros por cada establecimiento y que podrá constituirse en cualquiera de las formas admitidas por la legislación de contratos del sector público, en favor de la consejería competente en materia de juegos. 

10) Informe favorable de compatibilidad urbanística emitido por el ayuntamiento correspondiente o de copia de la solicitud de informe acompañada de declaración responsable relativa a la no notificación de informe en el plazo establecido en la normativa sobre actividades clasificadas para tales informes. 

11) En los supuestos de instalación de espacios de apuestas externas dentro de otro establecimiento de juegos, deberán cumplimentarse, además, los siguientes requisitos: 

  1. a) En el plano de planta del local a escala 1/100, deberá incluirse la ubicación de las máquinas de apuestas y todos los demás elementos de juego, incluidos los servicios de admisión y de identificación. 
  2. b) En la memoria descriptiva, deberá incluirse la justificación del cumplimiento de las condiciones técnicas reglamentarias establecidas para este tipo de instalación y la adecuación de la actividad a los usos previstos, a la normativa sectorial y a las ordenanzas municipales aplicables a la misma. 
  3. B) En caso de declaración responsable para la apertura y funcionamiento: 

1) Documento acreditativo de haber constituido la fianza exigible reglamentariamente para la apertura.

 2) Certificado suscrito por el técnico que haya dirigido las obras de construcción, reforma o adaptación del local en cuestión, en el que quede constancia de que las mismas se corresponden exactamente con el proyecto básico por el que se concedió la autorización de instalación o que fue presentado junto con la declaración responsable de instalación. 

3) Relación del número y tipo de máquinas a instalar, así como el número de máquinas tipo «B» que vayan a estar interconectadas, en su caso. 

4) Un ejemplar de los libros de inspección de juegos y de reclamaciones exigidos reglamentariamente.

5) Justificante de abono de la tasa por servicios administrativos.

 6) Fotocopia de la declaración censal presentada en relación con el impuesto general indirecto canario. 

7) Designación de una o varias empresas operadoras específicas para la instalación de máquinas recreativas en el establecimiento. 

8) En caso de haber incluido un espacio de apuestas externas, se deberá indicar la empresa operadora con la que se concertará la organización, explotación y comercialización de las apuestas. 

9) Declaración responsable de tener contratado seguro de responsabilidad civil, en los términos establecidos por la normativa sobre actividades clasificadas, con especificación de la cuantía contratada, acompañada del recibo vigente. 

  1. C) En caso de declaración responsable para la modificación de establecimientos previamente habilitados: 

1) Proyecto de reforma, redactado por técnico competente, visado cuando fuere exigible por el colegio profesional correspondiente,  

2) Memoria descriptiva justificativa de las modificaciones proyectadas y su adecuación a la reglamentación vigente. El interesado está obligado a comunicar mediante declaración responsable la finalización de la modificación, adjuntando a la misma certificado suscrito por el técnico que haya dirigido las obras de modificación, en el que quede constancia de que las mismas se corresponden exactamente con el proyecto de reforma presentado anteriormente. 4. Las autorizaciones afectantes a establecimientos cuya instalación, apertura y funcionamiento se somete por la presente ley al régimen de declaración responsable, pasarán a ostentar vigencia indefinida a partir de la entrada en vigor de la presente ley, acogiéndose, a todos los efectos, al régimen de habilitación propio de las declaraciones responsables establecido en la Ley 8/2010, de 15 de julio, de Juegos y Apuestas de Canarias”.

Asimismo, dentro de las Disposiciones finales del Proyecto de Ley de Presupuestos la Dieciséis (pág. 78 del mismo pdf) reza del siguiente modo:

“Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 40 quedando redactados del modo siguiente: 

– “1. Las cuotas fijas aplicables a las máquinas o aparatos automáticos en la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, serán los siguientes: 

– Máquinas tipo “B” o recreativas con premio: 

  1. a) Cuota trimestral: 900,00 euros. 
  2. b) Cuando se trate de máquinas en las que puedan intervenir dos o más jugadores de forma simultánea y siempre que el juego de cada uno sea independiente del realizado por otros jugadores, serán de aplicación las siguientes cuotas trimestrales: 

– Máquinas o aparatos de dos jugadores: dos cuotas con arreglo a lo previsto en la letra a) anterior. 

– Máquinas o aparatos de tres o más jugadores: 1.600,00 euros, más el resultado de multiplicar por 650,00 el producto del número de jugadores por el precio máximo autorizado para la partida. 

– Máquinas de tipo “C” o de azar. Cuota trimestral: 1.125,00 euros.” 2. En caso de modificación del precio máximo de 20 céntimos de euro autorizado para la partida en máquinas de tipo “B” o recreativas con premio, la cuota tributaria de 900,00 euros de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, se incrementará en 19,57 euros por cada 4 céntimos de euro en que el nuevo precio máximo autorizado exceda de 20 céntimos de euro.” Octava”.

Estructura económica de ingresos

Dentro de la Estructura Económica de Ingresos, los Tributos sobre el Juego alcanzan los 64.904.605 millones de euros, y las Tasas sobre el Juego 59.274.939 millones de euros. En la siguiente tabla pueden observarse estos y otros conceptos afines:

Presupuestos

Programas 232A y 922A

El Programa 232A sobre Promoción y Fomento de la Calidad de Vida de los Jóvenes también incluye aspectos relativos al Juego (pág. 170 del pdf del Tomo 5), cuyo objetivo, entre otros, es “promover acciones preventivas de sensibilización de los efectos negativos del abuso de los juegos de azar, apuestas y TIC”.

El Programa 922A, sobre Administraciones Públicas y Gobierno abierto (pág. 654 del mismo pdf) recoge en una de sus líneas de actuación lo siguiente: “Gestión en materia de Juegos y Apuestas. En materia de juego, sigue en marcha el proceso de adaptación de la aplicación de gestión del juego. Debemos recordar que resulta necesario implantar un sistema integral para la gestión del Juego en Canarias que permita la gestión de los diferentes registros administrativos que componen el sistema, la tramitación electrónica de los procedimientos administrativos asociados a dichos registros y el establecimiento de  las relaciones electrónicas con los actores externos que interactúan con el sistema (empresas operadoras, empresarios de salones, etc.). Igual de importante es el establecimiento de diversas actuaciones administrativas automatizadas que agilicen la gestión y den respuesta a las necesidades tanto del centro directivo  como de los terceros relacionados con el sistema”.

Descenso de las Tasas Fiscales sobre el Juego

En el pdf del Informe Económico y Financiero y Memorias explicativas que se incluyen en el Tomo 4, dentro del epígrafe dedicado al Sector Público, concretamente a los tributos autonómicos, se señala que “las Tasas Fiscales sobre el Juego, tras crecer a un ritmo del +56,4% anual en los nueve primeros meses de 2019 han descendido un -10,3% en el acumulado a septiembre de este año”. En el siguiente cuadro puede observarse la composición y evolución de los impuestos indirectos que corresponden a los ingresos tributarios sobre el Juego:

Presupuestos

En el Dentro del epígrafe sobre la Regla de Gasto (pág. 160 del mismo pdf) se alude a lo siguiente en materia de Juego:

“Los cambios normativos que supongan aumento o disminución permanente de recaudación recogidos en el presupuesto de 2020 y considerados a efectos de la determinación del límite de gasto no financiero para 2020, cuyo análisis detallado se desarrolla en el apartado 2.7 “Memoria de beneficios fiscales” son” los que se enumeran, entre ellos, los Tributos sobre el Juego (pág. 110 del pdf), epígrafe que reza así: “Máquinas: se propone la modificación del artículo 40.1 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril para subir la tributación de las máquinas tipo B y C”.

Por su parte, dentro del punto 2.7 Memoria de Beneficios Fiscales (pág. 132 del pdf), en el epígrafe 5 sobre Tasas fiscales sobre el Juego se especifica que “en estos tributos no existen beneficios fiscales, respondiendo la fijación de los tipos impositivos sólo a incrementos en determinadas circunstancias y, por tanto, sin relevancia a estos efectos.

En estos tributos no existen beneficios fiscales, respondiendo la fijación de los tipos impositivos sólo a incrementos en determinadas circunstancias y, por tanto, sin relevancia a estos efectos”.

Por último, como parte de las Características Generales de los Presupuestos (epígrafe 3.2) se alude al incremento de “las tasas sobre el juego a las máquinas recreativas”. Por último, en el punto 3.6 del mismo pdf, en el que se aborda el Análisis del Texto Articulado se realiza una alusión al Juego que reza del siguiente modo:

“Tras las disposiciones transitorias dedicadas a la indemnización por residencia, a la declaración de servicio de interés económico general de la difusión de la televisión digital terrestre, al régimen aplicable en los  supuestos de inexistencia o agotamiento de listas de empleo para la selección temporal de personal estatutario y a los procedimientos en materia de juego, se contempla en la disposición derogatoria única la derogación de varios preceptos de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019”.

A continuación, ofrecemos la nota difundida con motivo de la rueda de prensa ofrecida tras su aprobación por el Ejecutivo del proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los Presupuestos de 2020 impulsan el gasto social y refuerzan la actividad de los sectores económicos

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el 23 de octubre el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2020, unas cuentas de acentuado carácter social y que se sitúan en los 9.569.647.526 euros, lo que supone un incremento del 8,7% con respecto al presente ejercicio. El gasto no financiero crece en 211,1 millones y alcanza los 8.066.993.290 euros, un 2,7% más que en 2019.

El blindaje de los servicios públicos, la construcción de vivienda pública, la lucha contra la pobreza y la exclusión, la promoción de la igualdad y las medidas vinculadas a la emergencia climática son las prioridades de los Presupuestos, junto a la protección de los principales sectores económicos del Archipiélago y el impulso de la I+D+i.

El Ejecutivo autónomo cumple así con el calendario previsto, de modo que el Parlamento pueda iniciar el debate parlamentario de los Presupuestos y éstos se aprueben definitivamente antes de final de año, a pesar de las dificultades que entraña la confección de unas cuentas sin disponer de información precisa del Estado sobre aspectos esenciales como el déficit público, la deuda o las cantidades a cuenta de la Financiación Autonómica.

Del mismo modo, el Gobierno ha debido hacer frente a los desequilibrios de los Presupuestos de este mismo año, provocados por una serie de compromisos de importantes gastos sin cobertura presupuestaria y una merma de los ingresos, especialmente de aquellos incluidos en el denominado Bloque de Financiación Canario.

A este respecto, los últimos datos técnicos señalan que a final de año la diferencia entre la previsión inicial de ingresos y la recaudación por parte de la Agencia Tributaria Canaria se situará en los 257 millones de euros.

Estas circunstancias, unidas a la incertidumbre macroeconómica a nivel global, determinan unos Presupuestos realistas y prudentes, que cumplen con el precepto de Estabilidad presupuestaria: se estima que la Comunidad Autónoma cerrará el próximo año sin déficit público; con una regla de gasto del 2,8% con respecto al PIB y con una deuda pública del 15,3%.

Las cuentas canarias, que permitirán el impulso de la agenda social defendida por el Gobierno autónomo y los partidos que le prestan apoyo parlamentario, prevén un importante crecimiento de los organismos y entes con competencias de este tipo.

Las partidas que más crecen son las destinadas a la vivienda, el empleo, la educación, la sanidad, los servicios sociales, la igualdad y la sostenibilidad. En general, el incremento medio de estas políticas se sitúa en el 11,7 por ciento, es decir nueve puntos porcentuales más que el aumento del gasto no financiero.

De los 8.066 millones de euros en gasto no financiero consignado en los Presupuestos, 6.037 millones de euros se destinan a la agenda social, lo que supone las tres cuartas partes del mismo.

Los mayores incrementos relativos se registran en el Instituto Canario de la Vivienda, que dispondrá de 15,4 millones más que este año, (+19,5 por ciento); el Servicio Canario de Empleo, con 38,7 millones más (+16,5 por ciento); la Consejería de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, con 15,5 millones más (+13,3 por ciento) o el Instituto Canario de Igualdad, con un millón más (+10,1 por ciento).

En términos absolutos, el mayor aumento presupuestario se registra en el Servicio Canario de Salud, que dispondrá de 132 millones más que en el presente ejercicio económico, hasta alcanzar los 3.138 millones de euros, y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con 125,2 millones más que este año, hasta llegar a los 1.878 millones de euros.

En materia educativa, además, el Gobierno destinará a las escuelas infantiles, de 0 a 3 años, 9,1 millones de euros, que suponen un incremento del 102% con respecto al presente ejercicio.

Pero, además, el presupuesto refuerza a aquellas consejerías cuya gestión incide directamente en los sectores económicos de las Islas; en concreto, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca registra un incremento de 10,3 millones de euros, un 11,6% por ciento más que en la actualidad, y la de Turismo, Industria y Comercio 7 millones más, lo que supone un 7,2% de aumento. A esta relación se puede añadir también el ya citado incremento del Instituto Canario de la Vivienda, que tendrá un impacto positivo en el sector de la construcción.

Igualmente, significativo es el incremento en 5,1 millones de euros en las políticas de I+D+i, un 11,5% más que en actual ejercicio. Esta partida quedará fijada para 2020 en los 50,4 millones.

Necesidad de ingresos

Por capítulos, el mayor gasto se corresponde con Personal, que experimentará un crecimiento de 215 millones de euros, un 6,8 por ciento más que en el presente ejercicio.

Precisamente, la necesidad de dar cobertura presupuestaria al incremento de los gastos de Personal acordados por el anterior Gobierno de Canarias y la imposibilidad de utilizar el superávit de la Comunidad Autónoma ha obligado al actual Ejecutivo a realizar significativas reasignaciones de partidas presupuestarias.

Además, el cumplimento de la ambiciosa agenda social en marcha requiere de un ajuste de la fiscalidad, a través de la modificación normativa de determinas figuras tributarias.

Una revisión fiscal que, en cualquier caso, será selectiva y progresiva, de modo que no impactará en las familias de rentas bajas ni medias, ni en los consumos básicos.

En este sentido, el proyecto de Presupuestos prevé el incremento del tipo de general del IGIC en medio punto, de modo que se situará en el 7%. Además, el tipo aplicado a las telecomunicaciones pasará del 3 al 7%, mientras que el de entregas de energía eléctrica pasará del 0 a 3%, salvo para consumo de los hogares, que mantendrá el tipo 0. Del mismo modo, el tipo para Bienes de lujo pasará del 13,5% al 15%.

Por lo que respecta al IRFP, el proyecto prevé la creación de dos nuevos tramos en la tarifa autonómica: para rentas de entre 90.000 y 120.000 euros se aplicará un tipo marginal que pasa del 24% al 25%, y para rentas de más de 120.000 euros, el tipo pasará del 24% al 26%.

Otra modificación normativa afecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de modo que se eliminará la actual bonificación general y se sustituirá por bonificaciones progresivas en función del importe de la herencia.  De esta manera, quedan exentos los herederos que reciba menos de 300.000 euros, mientras que aquellos que reciban entre 300.000 y 350.000 euros, tendrán una bonificación del 90 por ciento de la cuota tributaria. Por cada incremento de 100.000 euros en la herencia, se aplicará un 10 por ciento menos de bonificación. Cuando la herencia supere los 1,1 millones de euros desaparece cualquier bonificación.

Del mismo modo, aumentará el impuesto a las labores del tabaco y las tasas de las máquinas recreativas.

43 millones más para Derechos Sociales

Entre las medidas sectoriales que cubren los Presupuestos, se encuentra una dotación extra de 18 millones de euros para la Prestación Canaria de Inserción (PCI), una medida previa a la implantación de la Renta de Ciudadanía, que se comenzará a tramitar el próximo año en el Parlamento. Este incremento supone un 31,5% por ciento más de los recursos consignados en este ejercicio.

Además, se destinarán cerca de 10 millones de euros más a la Dependencia (+4,3%), al objeto de agilizar los trámites y reducir los tiempos de espera.

En conjunto, la Consejería de Derechos Sociales anota un crecimiento de 43,5 millones de euros, lo que supone un 9,4 por ciento de aumento.

En materia sanitaria, el presupuesto del Servicio Canario de la Salud alcanzará los 3.138 millones, al objeto de mejorar las listas de espera, avanzar en la atención asistencial y mejorar la política de Recursos Humanos.

En vivienda se incrementarán los créditos para subvencionar actuaciones destinadas al fomento de la adquisición y urbanización de suelo para la construcción de viviendas protegidas, el fomento de la construcción de viviendas protegida, la adquisición de viviendas para su puesta en arrendamiento y la adquisición de viviendas para jóvenes.

En relación con el cambio climático, se destinarán casi 6 millones de euros a este capítulo, cuando en 2019 no se consignó cantidad alguna. Este aparado incluye la recuperación de la agenda del cambio climático, una vez aprobada la ley, el cálculo de nuestra huella de carbono como territorio o acciones de mitigación, entre otras.

Escenario económico

Los presupuestos para 2020 se enmarcan en un contexto de crecimiento económico moderado pero sostenido, con tasas inferiores a las registradas este año y en un entorno global de desaceleración económica, efervescencia de las políticas comerciales proteccionistas y crisis en la Unión Europea por los efectos del Brexit. Todo ello agravado a nivel nacional por la incertidumbre política a la hora de conformar un gobierno con mayorías, la ausencia de presupuestos estatales y la situación en Cataluña.

Según las previsiones que maneja el Gobierno, la economía canaria crecerá este año en torno al 1,8% del PIB, tres décimas menos que la media española (2,1%) y más de medio punto porcentual por encima de la estimada para los países de la Eurozona (1,2%). Para 2020, el crecimiento previsto es del 1,3%. En términos nominales, Canarias pasará de un PIB traducido en euros de 47.180 millones en 2019 a 48.218 en 2020.

Por su parte, la tasa de paro se incrementará este año hasta el 20,9%, ocho décimas más que al finalizar 2018, y hasta el 21,3% en 2020. Este aumento es debido, sobre todo, a los riesgos que afronta el sector turístico y sus efectos sobre el resto de la economía canaria, principalmente por la quiebra de Thomas Cook, la decisión de Ryanair de cerrar cuatro bases españolas, entre ellas las de Gran Canaria y Tenerife Sur, y al descenso de la demanda vacacional del turismo alemán y nórdico.

Comunicado GOBIERNO DE CANARIAS

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