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Sensateces y Paparruchas

Acostumbrado a las levedades y paparruchas agosteñas, el trozo de verano vacacional que estamos viviendo se nos ha mostrado inusualmente movidito. En primer lugar, la bronca gibraltareña ha conseguido abrir los ojos a los políticos que, por fin, han descubierto la insensatez de permitir a los Online tener sus servidores en Paraísos Fiscales. A lo mejor y tirando del hilo, también descubren el fraude de ley consistente en haber mantenido impunemente la cartera de clientes lograda durante la vergonzosa ilegalidad. Pero no caerá esa breva, los telemáticos siguen manteniendo cubiertas sus posiciones con su adalid jurídico favorito a quien nadie osa toser en la DGOJ, y menos ahora que el que más le ríe las gracias es precisamente el gran mandamás en la cosa ordenativa del Juego.

Acostumbrado a las levedades y paparruchas agosteñas, el trozo de verano vacacional que estamos viviendo se nos ha mostrado inusualmente movidito. En primer lugar, la bronca gibraltareña ha conseguido abrir los ojos a los políticos que, por fin, han descubierto la insensatez de permitir a los Online tener sus servidores en Paraísos Fiscales. A lo mejor y tirando del hilo, también descubren el fraude de ley consistente en haber mantenido impunemente la cartera de clientes lograda durante la vergonzosa ilegalidad. Pero no caerá esa breva, los telemáticos siguen manteniendo cubiertas sus posiciones con su adalid jurídico favorito a quien nadie osa toser en la DGOJ, y menos ahora que el que más le ríe las gracias es precisamente el gran mandamás en la cosa ordenativa del Juego.

Yo creo que ni el uno ni el otro saben nada sobre el concepto de ” certeza ” de Balmes, ni mucho menos sobre la ” conciencia de la contingencia ” quizá por eso el letrado guste de advertir a los plumillas con el Código Penal, mientras el funcionario ignora que algunas Webs de juego legales sirven como plataformas de promoción de Juego Online ilegal. Pero este es un tema menor que sólo interesa a los ilustrados lúdicos. Lo verdaderamente importante de la actual coyuntura hay que buscarlo en la órbita de la dimisión o cese del Presidente de SELAE. Eso si se nos antoja como trascendental. Saber si han sido o no las Apuestas la razón de tan sorprendente abandono del cargo, supone conocer si serán o no comercializadas en los Despachos de Loterías.

El que sí debe de haber leído a Balmes es José Antonio Martinez a quien su instinto intelectual le ha llevado a ser el único jacobino que conozco dentro del Sector del Juego. En estos días he vuelto a ver su comparecencia en el Congreso de Diputados, antes de ser aprobada la puta ley, y su intervención me parece ahora más valiosa que entonces. Además de profética, es jacobinismo puro en la defensa del ciudadano, el interés general y el bien común. Tanto Rousseau como el mismísimo Robespierre se habrían sentido orgullosos del Presidente de CODERE si hubieran podido ver y escuchar su alegato ante sus Señorías y presuntos defensores de la Soberanía Popular.

Y, para finalizar ya que hablamos de Robespierre, otro que metafóricamente se está jugando acabar como él, es Artur Mas. El Presidente de la Generalitat y los “Gordos” que se ha sacado legalmente de la manga pueden suponer un antes y un después en el verdadero desarrollo del Juego Autonómico y en las relaciones con la Administración Central y su monopolio de Lotería. Lástima que los dueños de los Despachos de Loterías no tengan la certeza moral balmesiana de que tienen derecho a vender cualquier otra Lotería que no sea de SELAE. ¡ Ojo al dato ! ¡ Para que luego los loteros me tachen en sus hojas parroquiales de grosero y bravucón en la defensa de los privativos !

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NOVOMATIC

11 Comentarios

  1. Es defendible. Si no me falla la memoria, que en este verano me está fallando casi todo, cuando el amigo de Felipe González, el señor Sarasola explotaba el Hipódromo de Madrid creo recordar qe se llegaron a vender las Apuestas Hipicas en los Despachos de Lotería… Y eran apuestas de un negocio privado. Así que al loro !!! como digo en el Editorial.

  2. Si es verdad lo que usted dice, y a pesar de que casi siempre nos critica, mi pregunta es qué están haciendo nuestras asociaciones profesionales si. estudiar este tema ?

  3. Los Estancos venden regalos y las Gasolineras jamones. El Sr. Ortega dice que es defendible y yo estoy de acuerdo con él. Somos empresarios y no subditos de SELAE. Nuestros representantes asociativos deberían también abrir caminos de futuro para nuestro negocio y no sólo acatar el ordeno y mando de la Lotería del Gobierno. ¿ Por qué no podemos vender nosotros el Gordo catalán ?. No deberíamos ser marionetas de los políticos.

  4. El estío veraniego no impide que los acontecimientos sigan su curso… y los varios frentes abiertos continúan su devenir …. Las predicciones casi proféticas de JAMS en su intervención ante la comisión correspondiente en el Congreso de los Diputados nunca perderán actualidad porque reflejaban una realidad y sus predicciones se están cumpliendo al píe de la letra, siendo lamentable que ninguna de las personas responsables sean capaces de hacer la misma lectura.

    Gibraltar ha sido y es el refugio de muchas compañías de juego online, principalmente inglesas, y el Gobierno Británico ya ha dado con la solución para evitar que los ingresos fiscales se queden fuera de su jurisdicción aprobando una ley que establece que a partir del 2014, todas han de tributar el 15% sobre el GGR, en función de la residencia del jugador, por lo que todo el juego que sea realizado con jugadores del Reino Unido ha de tributar a la hacienda pública inglesa, sin perjuicio de donde esté ubicada la compañía o el territorio que le haya otorgado la licencia de juego.

    De esta manera termina con una filosofía abierta mediante la cual todas las empresas de juego online pueden operar con jugadores del Reino Unido y pagar sus impuestos en el país o territorio de la licencia con que estén operando, sin necesidad de tener licencia otorgada por la Comisión de Juego del Reino Unido.

    Su situación legal en cuanto a las licencias podrá continuar igual, pero desde 2014 se equiparan fiscalmente en la tasa de juego del 15% sobre GGR, a las empresas que si tienen licencias otorgadas en el Reino Unido.

    En este sentido, España ha optado por un sistema similar, permitiendo que las empresas puedan residir o tener sus servidores en otros países de la UE, pero obligando a éstas a tener una licencia otorgada por la DGOJ y siéndole aplicadas los requisitos administrativos, mercantiles y fiscales de la Ley 13/2011, por lo que todos los operadores que tienen sus instalaciones de gestión operativa en Gibraltar u otro país de la UE, están sujetos a la fiscalidad de la normativa de juego Española para todas las operaciones que lleven a cabo con Españoles o residentes en España.

    La situación no obstante, tiene algunos flecos que pueden ser susceptibles de afrontar para de alguna manera eliminar los agravios comparativos con las empresas residentes y con su gestión operativa en España; algunos de difícil o imposible solución; como es la ventaja de mantener una base de datos, y reconocimiento de marcha adquiridos durante su funcionamiento sin soporte legal normativo; pero puede haber otros que el Ministro de Exteriores no acierta a enfocar, como es el pago de los impuestos derivados de su actividad mercantil, (aparte de la tasa directa sobre el juego), como pueden ser los de Sociedades o IVA, que es la razón por la cual establecen la residencia en Gibraltar un otros países mas favorables, cuando su actividad principal esta en España….pero no nos olvidemos que la mayoría de las multinacionales, incluso españolas, establecen su residencia fiscal en países mas favorables, como es el caso de Irlanda, para precisamente reducir la fiscalidad por Sociedades, entre otras….

    Por lo tanto, aparte de que puedan obligar a las compañías a residir y tener sus servidores necesariamente en un país de la UE, creo que poca cosa se puede hacer, que tenga un efecto sobre la cuenta de resultados de estas empresas, además del efecto disuasorio, ya que por lo acontecido con la cuestión de territorialidad de las operaciones y servidores, el TJE ya determinó que la UE es territorio común, y así obligaron a Francia e Italia a establecer la normativa.

    Otra cosa es el posible fraude de ley que puede haber cuando un residente Inglés o Gibraltareño, vive de facto en territorio español; como es el caso de la mayoría de los altos ejecutivos y directivos que trabajan en Gibraltar pero viven e su entorno dentro de territorio español, a quienes podrían aplicarles la obligación de pagar sus impuestos como residentes nacionales, pero incluso esta circunstancia tiene bastantes problemas de aplicación y ha de aplicarse individualmente nunca de una manera generalizada; sin perjuicio de los efectos que pueda tener el tratado de doble imposición que tienen firmado España y el Reino Unido.

    Por lo tanto, me temo que es mas el ruido que las nueces, en cuanto a los efectos prácticos de las acciones que España puede poner en marcha para “molestar” a los ingleses/gibraltareños, en particular a las empresas de juego online.

    Otra cuestión es el hecho de que Gibraltar es un refugio fiscal cuya naturaleza admite y protege el Reino Unido con la aquiescencia de la UE, por lo que cualquier modificación no depende exclusivamente de la decisión de España, y es relevante la posición que adopten el Reino Unido y la UE.

    Aquellos lodos de la mala concepción de la ley 13/2011, traen algunos de los males con los que hemos de convivir y aún teniendo “consciencia (consciencia)…. de la contingencia”, me temo que no hay una solución que permita su corrección y mucho menos inmediata.

    El problema y situación del juego público, SLAE y los apéndices que le van saliendo a través de las CCAA, tiene la misma mala solución por esa concepción del dispersión del Estado, que, al igual que sucede con el juego privado, impide configuración racional de la actividad, lo que sin lugar a dudas dará una competencia dispersa y que elimina lo principal para estos negocios de loterías, que es la masa crítica, y si no solamente hace falta ver el éxito de Euro Millones, por su amplia base territorial.

    Pero no esperemos que las CCAA entiendan esto porque únicamente tratan de agarrarse a aquello que les proporciona su autonomía en capacidad de legislar, sin pensar si tiene o no sentido hacerlo.

    Posiblemente incorporen a la red de SLAE como está previsto, las apuestas en una configuración para mutual y/o similar a otras ofertas de apuestas reguladas para el juego privado, entrando en una competencia que habrá que ver en que condiciones de fiscalidad y cumplimiento se regula, para ver hasta que punto existe una competencia desleal y/o agravio comparativo.

    Los loteros, como los estanqueros, no se dan cuenta que esas prebendas de concesión “eterna”, van a tener plazo de terminación porque las directivas europeas así lo establecen.

  5. Amigo Perfecto ignorante, hace tiempo debatimos sobre lo que usted a escrito anteriormente y usted mantenía que el juego online era ilegal, por sus palabres deduzco que empieza a darse cuenta que el problema no esta en los “piratas” ingleses aquí tenemos un gobierno mas “pirata” que los que están en Gibraltar.
    Ellos están allí por una simple razón IMPUESTOS, como bien dice las compañías españolas están en Irlanda por la misma razón y son LEGALES otra cosa es que si son “Españolistas” que yo creo que si pero si el gobierno insiste con las tasas sobre el juego que hay ahora, la nueva industria online no levantara cabeza, como ya le dije anteriormente ellos legaron antes y tienen prácticamente todo el mercado
    Otra cosa que no se debería olvidar es que ellos no vienen a jugar a España son los jugadores españoles los que juegan en Gibraltar (los servidores están allí) que además Gibraltar es UE como España asi que no intentemos confundir.con que están jugando ilegalmente porque no es cierto.
    Un Saludo

  6. Creo que ahora estamos hablando de cosas diferentes.,.,. una cosa es la actividad de los operadores de juego online antes de su regulación en España, y otra la situación actual de aquellos operadores que tienen licencia de acuerdo con la Ley 13/2011 y que fomalmente llevan a cabo su activividad licitamente conforme a dicha Ley respecto del cumplimiento exigudos por la norma en todos los aspectos incluidos los de la fiscalidad sobre los rendimientos brutos del juego, sobre lo que el gobierno Español poco puede hacer ya que si llevan a cabo la actividad correctamente estan dentro de la ley, incluido el hecho de que tengan las sociedades domiciliadas en Gibraltar para evitar el pago del impuesto de sociedades en España y favorecerse de ello para en su configuración de facturación de servicios ahorren asimismo en concepto de IVA.

    Una cosa es el impuesto directo sobre la actividad de juego y el rendimiento bruto de las apuestas menos premios, que deben pagar según la ley española por la oferta en España bajo dominio .es, y otra cosa son los impuestos de sociedades y del valor añadido,que siendo residentes en otro pais han de pagar de acuerdo con la regulación fiscal de dicho pais…en este caso la jurisdicción es Gibraltar.

    Efectivamente y por tratarse de jugadores españoles, todas las empresas que llevan a cabo una actividad comercial con residentes dentro del territorio español están sujetas a la regulación y a la fiscalidad que le sea de aplicación; tanto ahora que hay una reegulación que lo permite, como antes cuando no la había pero si existia el hecho imponible de la transacción comercial entre un operador y un cliente Español.

    El que los servidores estén en Gibraltar no es mas que una circunstancia del lugar de instalación que las directivas europeas permiten que sea en cualquier lugar del territorio de la UE, pero el control y el acceso a los datos y todas las operaciones del servidor, mediante un servidor espejo o acceso a tiempo real, es algo al que estan obligados todos los operadores que llevan a cabo su oferta de juego en España, a traves de la web ,es, de acuerdo con la ley 13/2011.

    El gobierno español no tiene ningun derecho de acceso a los servidores que registren las operaaciones con otros jugadores que no sean los españoles si se hace la oferta desde una web distinta a la .es que exige la legislación española.

    Aqui no creo que tengamos un gobierno pirata, simplemente ha puesto en marcha una regulalación que permite que se lleve a cabo la actividad de manera lícita y lo ha hecho así porque ha de someterse a las directivas euriperas sobre la libre circulación de residencia de las empresas y los capitales…

    No es el caso de Gibraltar, que tiene una regulación fiscal y financiera que permite a las empresas favorecerse de su estatus de residentes en dicha jurisdiccción para el “ahorro” fiscal de muchas actividades económicas, incluida de del juego online, lo que no es óbice que se puedan producir actuaciones ilícitas en el “como”, pero eso es algo que no puede generalizarse y cada caso individual tiene sus caracteristicas propias.

    Los operadores que reciben jugadores españoles que juegan en España bien sean empresas locales o internacionales, ya sea bajo una oferta legal .es, o una oferta ilegal .com, estan sujetas a las leyes españolas, es el lugar de residencia del jugador que lleva a cabo y donde se produce la transacción lo que prevalece.

  7. Dentro de la situación en que se encuentra el sector del juego presencial, observo con sorpresa el debate de si es conveniente o no que las apuestas deportivas sean ofrecidas en los establecimientos de hostelería y es verdaderamenmte triste que no prevalezcan los intereses de los operadores de juego, principalmente los de salones de juego, de máquinas en bares, que están viendo como sus puntos de venta han perdido y siguen perdiendo una importante cuantia de su recaudaciòn por la reducción del consumo individual y la reducciòn de individuos que juegan …

    Mientras tanto los datos contrastados de las experiencias de la incorporación de la oferta de apuestas deportivas presenciales está representando un complemento importante en los salones donde se han instalado las esquinas de apuestas, como en los establecimientos de hosteleria donde se han instalado terminales de apuestas.

    Los ejemplos mas recientes de las Comunidades Valenciana y Gallega, demuestran que el modelo de negocio para el mejor aprovechamiento de la oferta de apuestas deportivas es combinando la misma en salones de juego y locales de hosteleria, cuyos punto de venta mejoran sustancialmente en recaudación por la incorporación de nuevos clientes a la oferta de juego en estos establecimientos, sin merma alguna en el rendimiento de las máquinas alli instaladas, y en la mayoria de los casos mejorando el rendimiento de los demas productos de juego y en el caso de los bares, influyendo en un mejor rendimiento de sus ingresos por el negocio propio de hostelería.

    Por eso el debate que se está produciendo en algunas CCAA que estan en proceso de regular las apuestas deportivas no se lleva a cabo en virtud de los mejores intereses de los operadores de los puntos de venta donde se pueden ofrecer, al tratar de limitar los locales, especialmente los bares, que está demostrado salen muy favorecidos con la incorporación de las terminales de apuestas que ocupan a un perfil de usuario distintos a los de las máquinas de juego y que éstas en lugar de ser afectadas por la nueva oferta, se benefician o en el peor caso no son perjudicadas.

    Solamente hay que hablar con los operadores que ya estan teniendo esta experiencia en las CCAA donde las terminales de apuesats están siendo instaladas en los bares: pore ejemplo, entre otras….Pais Vasco, Navarra,Valencia, Galicia…

    Es por ello necesario que los responsables de negociar con los distintos gobiernos y los propios responsables de los gobiernos, de que el intereses general de los operadores de juego demanda que se establezcan unas normas que permitan aprovechar y mejorar los puntos de venta conde existen terminales de juego, para incorporar la oferta de apuestas deportivas, y que tomen nota en Castilla y leon, Castilla La Mancha, Canarias, Baleares, Cantabria, Extremadura,La Rioja, Cataluña, Andalucia….. que estan en ese proceso y que no dejen de aprovechar esta oportunidad que permitirá una revitalización de los ingresos para todos los operadores, al tiempo que favorecera el crecimiento de la actividad de apuestas deportivas presenciales de una manera constante como se está evidenciando en las distintas CCAA que tienen esta oferta regulada.

    Por experiencia en otros paises donde existen desde hace decenas de años, las apuestas deportivas con un tipo de juego que mantiene su capacidad de venta y en su principio tiene un crecimiento constante, como es el caso de un mercado nuevo como el de España, para despues consolidarse y con una oferta competitiva y renovada en producto y contenidos, tiene una estabilidad superior a las propias máquinas de juego, siendo no obstante un producto de riesgo que necesita de una gran masa critica para poder compensar adecuadamente los riesgos en la cuotas que se ofrecen.

    Este es un llamamiento a la reflexión para las empresas operadoras de juego en salones y bares, de que las apuestas deportivas son un producto que complementa perfectamente su negocio y refuerza la oferta del punto de venta a otras personas que no son jugadores habituales de máquinas de azar,pero que están ahiu a la espera de poder jugar en otros productos mas afines con sus intereses y aficiones.

    Los operadores deben ver exclusivamente sus intereses como negocio, y adaptarse a la evolución de la demanda, y las apuestas deportivas con un producto que puede y debe dar una estabilidad al negocio de juego en España como ya lo ha hecho en otros mercados.

    Las AADD tienen asimismo un modelo de fiscalidad razonable y vindulado porcentualmente a su rendimiento, ejemplo que debería seguirse para otras modalidades de juego.

    Mientras tanto las CCAA deben regular con unas especificaaciones y requisitos estandard, que no diferencien la oferta entre CC y al mismo tiempo que permita a las empresas llevar a cabo una oferta competitiva sin tener que repetir infraesturctura y costes de puesta en marcha, aplicando de una vez la unidad de mercado y reconocimiento de la reciprocidad de las autorizaciones entre CCAA, que no merma la capacidad de control y rendimiento de la actividad para la Administracion,al contrario lo favorece, permitiendo que las empresas puedan llevar a cabo un modelo de negocio lo mas eficaz y economicamente viable.

  8. Perfecto Ignorante segun su ultima tesis los jugadores españoles podrán jugar fuera de
    España como las empresas no pagan al gobierno español es ilegal jugar si no pagan IVA u otros impuestos, y no me hable de Gibraltar solamente hábleme de Irlanda Holanda Luxemburgo que también son países de la UE con impuestos mas bajos a todos los niveles.
    Cierto que en Gibraltar pagan menos impuestos que en España pero pagan los impuesto que marca la ley, el problema es que usted quiere que los jugadores jueguen en online españoles, pero primero tendrán que aprender a competir y no acusar a los online de otros países de juego ilegal porque es falso

  9. La Unidad Central Operativa de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil de España elaboró un informe, a instancias de la Fiscalía, en el que alerta que las plataformas de juego online están siendo utilizadas “cada vez más” para el blanqueo de dinero procedente del tráfico de armas y drogas. “El uso de tarjetas prepago impersonales (que se venden en establecimientos) elimina cualquier posibilidad de identificar la procedencia del dinero y la legislación actual no obliga al control de las mismas ni a la identificación total y completa de los compradores”.

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